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Sucesos

Jueces ordenan liberar reos por COVID-19

Juzgados de Ejecución de la Pena

  • Ahora todos los centros penitenciarios del país deberán entrar en una valoración por esta situación

  • Esta es la circular que Instituto Nacional Criminología le remitió al Ministerio de Justicia para que se acaten las disposiciones de los Juzgados de Ejecución de la Pena que evaluaron la situación

La ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar, dio a conocer que por orden de Juzgados de Ejecución de la Pena se dará una liberación de reos extraordinaria, los beneficiados pasarán de un régimen institucional a uno semiinstitucional.

Justamente fue el viernes anterior, ayer y hoy, que juzgados de Limón, Alajuela y Cartago le dieron la orden de valorar esta posibilidad para los privados de libertad que tengan algún factor de riesgo frente a un posible contagio de COVID-19.

“Es una orden para que realizaran valoraciones extraordinarias a privados de libertad por la emergencia del Covid, entonces en acatamiento vamos a tomar girar medidas para cumplir”, comentó Salazar.

Así las cosas, será el Instituto Nacional de Criminología (INC) el que realice las valoraciones según el perfil de cada persona, se trata de una medida fuera de lo normal, es decir que pueden obviarse algunos de los criterios que actualmente se tienen establecidos para otorgar esta clase de beneficios carcelarios.

Cabe mencionar que el primer criterio para iniciar la valoración es tener algún factor de riesgo que los haga propensos a adquirir el virus que puede llegar a ser mortal.

“Una vez valorados los casos desde el punto de vista de salud, pasaríamos a hacer un análisis profesional desde el punto de vista técnico para poder tomar una decisión”, agregó la jerarca.

 

VALORACIÓN

 

Como parte de lo que será requisito indispensable está que el candidato deberá demostrar que tiene apoyo en el exterior, en otras palabras, tendrá que probar que tiene una casa donde dormir, donde recibir alimentación y que no va a quedar en una condición de indigencia.

Otro detalle es que solo puede tener una sentencia y se valorará el contexto al que saldrá para garantizar que no se vaya a dar una reincidencia del delito y que no haya riesgo para las víctimas del crimen.

Además, serán importantes los reportes sobre convivencia que tenga la persona en el tiempo que ha estado en el centro penitenciario, así como si ha realizado algún tipo estudios.

Esta decisión dependerá del órgano colegiado del INC, que está integrado por 10 personas y quienes serán los que sugieran si una persona es o no candidata para que finalmente sea un juez quien tome la decisión final.

 

TEMPORAL 

 

Otro detalle de esta valoración extraordinaria es que únicamente tendrá validez durante el tiempo que tarde la emergencia nacional que causa la pandemia, por lo que en principio sería solo por tres meses.

“Estas medidas son absolutamente temporales y se están proyectando a tres meses, es decir que si una persona es valorada como con factor de riesgo COVID y es valorada técnicamente positivo, estará en el régimen semiinstitucional solo por ese tiempo”, detalló Salazar.

Eso sí, estos podrían ser prorrogables en caso de que al momento de cumplir este primer periodo la situación amerite que se vuelva a ampliar el beneficio.

Pero eso no es todo, ya que además se deberá valorar la respuesta de los privados de libertad y así se pueda decidir si se mantiene a esa persona en el régimen semiinstitucional.

 

INCIERTO

 

El número de reos que podrían quedar en libertad debido a esta orden es incierto de momento, ya que la orden apenas se acaba de girar, por lo que será hoy que se inicie el proceso de valoración.

“Este es un proceso que dependerá de cada centro penitenciario, de la agilidad que ellos tengan para analizar toda la información que tengan en cada caso de enfermedad a su cargo”, expresó Salazar.

Lo que dejó claro la ministra es que nadie se puede discriminar de estas medidas, al tratarse de un tema de salud y una orden generalizada por parte de los tribunales de ejecución de la pena.

“En el caso de valoraciones extraordinarias como las que nos están diciendo los señores jueces, no podemos dejar a ninguna de las personas fuera de estas valoraciones, luego en el filtro que tenga que ver con la parte técnica de su perfil criminológico se hará esa otra parte del análisis, pero en esta parte no podríamos discriminar por el tipo de delito”, enfatizó.

A lo que Salazar añadió: “Hasta que tengamos el análisis de los centros penitenciarios vamos a poder hacernos una idea de esa masa de casos que cumplen con esos requisitos”.

Una de las preocupaciones es que se replique el fiasco que ha quedado en evidencia con el tema de los brazaletes, donde en múltiples ocasiones la propia Fuerza Pública ha detenido en reincidencia o cometiendo un nuevo crimen a los beneficiarios de este sistema.

“Esto depende de un trabajo técnico muy fuerte para determinar las personas que pueden pasar a este régimen semiinstitucional y ahí hay personal que les da seguimiento, además es un sistema que tiene un 87% de éxito”, expresó la jerarca.

 

FACTORES MÉDICOS
A VALORAR

 

Insuficiencia renal crónica

Enfermedades cardiacas

Esclerosos múltiple 

Enfermedades autoinmunes

Pacientes inmunosuprimidos

Enfermedad pulmonar obstructiva crónica

Asma bronquial con crisis frecuentes

Pacientes con cáncer

Adultos mayores

Mujeres embarazadas

Mujeres en módulo maternal 

Hipertensión 

Diabetes

Obesidad mórbida

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Miércoles 22 Abril, 2020

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