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Nacionales

Proyecto de empleo público no contempla despidos

Procuraduría advierte que resoluciones recaen en recursos humanos

Guillermo Bonilla y Julio Jurado, de la Procuraduría General de la República, dieron a conocer su postura sobre el proyecto de empleo público.

El proyecto de empleo público que los diputados estudian bajo el expediente No.21336 en la Comisión de Gobierno y Administración continúa sumando inconsistencias a las ya señaladas por la Contraloría General de la República y que María del Pilar Garrido, ministra de Planificación, reconoció. Ahora se evidencia que el texto no establece proceso de sanción.

Este es uno de los principales señalamientos que recogió la Procuraduría General de la República en los motivos y opiniones sobre el texto al asegurar que como tal la iniciativa dispone que las decisiones sobre los procesos de castigos a un funcionario están asignadas según el texto a los departamentos de recursos humanos de cada institución por aparte.

Para el procurador Guillermo Bonilla, quien estudió el expediente, las modificaciones al artículo 43 del Estatuto del Servicio Civil deben depurarse en razón de lo delicado que resulta y es justamente lo referente al régimen sancionatorio por proceso de despido.

“Existe una desconcentración de esos procesos que actualmente a nivel de la administración central se ocupa de instruirlos la Dirección General de Servicio Civil y lo resuelve el tribunal administrativo de esta dependencia.

Estos pasarían conforme a lo propuesto a ser de tramitación en cada institución por los departamentos de recursos humanos y las dependencias especializadas que tengan que desarrollarse”, expresó.

Adicionalmente dijo que el proceso sancionatorio debe ser establecido por norma legal, pero en la redacción no se observa un procedimiento de sanción, sino que alude a uno especial con categoría de sumario de forma errónea.

Bonilla adelantó que los procesos ordinarios se establecen para imponer suspensiones e incluso la destitución y el procedimiento sumario para otros fines, ante lo cual adelantó que hay una grave deficiencia en la redacción de ese artículo porque, según apuntó, no se le pueden restar garantías a un funcionario en un procedimiento más expedito, lo cual se puede hacer, pero debe estar establecido con “pelos y señas” en el texto de la ley.

 

SOBREVIVENCIA DEL
SERVICIO CIVIL

 

Otra de las inconsistencias que la Procuraduría detectó en la redacción del proyecto de ley es el mantenimiento tanto de la Dirección General del Servicio Civil como el establecimiento del organismo superior vigilante del tema del empleo público, lo cual recaería en el Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplan). 

Nuevamente Bonilla explicó que en el artículo 42 del proyecto propuesto se establecería la supervivencia de todos los regímenes salariales preexistentes en el sector público con carácter estatutario, lo cual a su criterio es una copia del artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Civil.

“Si se va a considerar que el Estatuto del Servicio Civil continúa existiendo aun frente a esta reforma, resulta innecesario emitir una norma eco, por decirlo de algún modo, que no tiene ningún tipo de utilidad”, declaró.

“Creemos también que las funciones del Mideplan como ente rector en esta materia deberían estar mejor clarificadas y estipuladas, lo mismo para el Consejo Consultivo de Empleo Público, por tanto tenemos algunas observaciones que consideramos es pertinente revisar.

En lo anterior se repite un elemento que ya está establecido como la Comisión de Salarios, pero sin definirle competencias de forma directa”, indicó Julio Jurado, procurador general de la República.

Las confusiones sobre la supervivencia del Servicio Civil vienen desde el planteamiento de que continúen los subregímenes especiales en materia de empleo público junto a la existencia de un marco normativo de forma global y al parecer esta es la línea de los legisladores que trabajarían el texto sustitutivo, en vista de las deficiencias del proyecto actual.

Al respecto Bonilla manifestó que una reforma completa que busque dejar sin efecto los regímenes especiales es riesgosa por las funciones específicas de ciertas áreas o departamentos del servicio público.

“Intentar hacer una uniformidad de los criterios de los regímenes de empleo público podría ser una labor titánica. Hasta ahora fue más fácil tratar bajo las condiciones actuales unificar los criterios más actuales y homogéneos el tema de la redistribución porque en este escenario son posibles mayores igualdades.

En cuanto a derechos y obligaciones, ese proceso podría ser más dificultoso, poner a todos bajo un sistema uniforme”, declaró el procurador encargado de estudiar y brindar el criterio del proyecto.

David Gourzong, legislador que preside este foro legislativo, donde se estudia el proyecto, asegura que la subsistencia de regímenes se abordará, pero bajo las categorizaciones especiales por necesidad.

“Por supuesto, tiene que haber regímenes especiales dentro. Por ejemplo, el caso de Servicio Exterior, en el tema del Poder Judicial podría existir una especialidad igualmente para la salud, pero creo que en la parte general de la Administración Pública puede haber una cobertura en cuanto a ministerios y otras instituciones, así podemos ir avanzando”, comentó el liberacionista.

La Procuraduría informó que el texto hasta el momento no tiene roces constitucionales y aplaude una iniciativa que se aplique a toda la Administración Pública, donde se incluyan municipalidades, universidades y bancos, entre otras instituciones.

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CRÉDITOS: Foto: Isaac Villalta

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Jueves 10 Octubre, 2019

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