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Opinión

¿Por qué se decantó doña Gloria?

Lic. Mainor Anchía Angulo*

Paradójicamente la persona que denuncia al señor Albino Vargas, aduciendo que “instiga” para que se cometan delitos en perjuicio de la tranquilidad pública, es la misma que muchas veces en ejercicio de sus funciones defendió narcotraficantes. Es de todos sabido que el narcotráfico es la principal causa de violencia en nuestro país, sin embargo cita parte de la denuncia “venimos a denunciar al señor Albino Vargas Barrantes, mayor, funcionario público dedicado al ejercicio de un presunto sindicalismo que cada día se torna violento en daño de la sociedad civil”.

En la denuncia se observan errores de redacción, por ejemplo: “dedicado al ejercicio de un presunto sindicalismo”, por cuanto no es una presunción, es público y notorio que don Albino Vargas es dirigente sindical, que ostenta el cargo de secretario general de ANEP, organización sindical que cumple con los presupuestos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico, mismo que incluye los convenios internacionales suscritos por nuestro país con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Sigue citando la denunciante: “Dicho señor con sus discursos y acciones (no dice cuáles) ha venido a desestabilizar el orden constitucional costarricense incitando a la violencia”. Nuevamente es preciso recordar que, según se ha establecido por parte de las autoridades policiales, el incremento en la violencia, con ajusticiamientos, homicidios y balaceras en sitios públicos, es resultado de las pugnas por territorio para la venta de drogas, o sea del narcotráfico. Ilícito negocio que encuentra terreno fértil en el desempleo, la falta de oportunidades y en el cada vez más reducido poder adquisitivo.

Es preciso preguntar ¿por qué se decantó la señora Navas en denunciar a uno de los muchos dirigentes sindicales de nuestro país? Se debe descartar la posibilidad de obtener algún beneficio económico, ni Albino es un adinerado, ni ANEP es un emporio corporativo que pueda amasar una fortuna. Así las cosas, es preciso valorar y presumir que la misma deviene del populismo punitivo, ese que busca criminalizar la protesta social.

Extrañamente la denunciante en el hecho quinto señala: “Hace unos días ante una presunta huelga (no se presume, huelga es huelga, legal o ilegal) convocada por sindicatos médicos y de profesionales afines (…)”. Léase bien, la huelga no fue convocada por ANEP, tampoco por Albino Vargas, sin embargo continúa diciendo “incitaba a las masas a reaccionar y negar la prestación de servicios esenciales como la salud, poniendo en peligro la vida de muchos ante la masiva cancelación de citas y de cirugías programadas”. Luego la experimentada abogada establece como elenco probatorio las notas de prensa.

En tal sentido sorprende que con tanta experiencia y con participación en manifestaciones (en contra del gobierno) afines a su ideología introduzca una serie de hechos extraños o ajenos a la persona denunciada, pareciendo desconocer que existen varias organizaciones sindicales en los servicios de salud, mismas que cuentan con sus respectivos dirigentes sindicales, al efecto se pueden citar: Siprocimeca, Undeca, Unión Médica, ANPE y Sinae, entre otras, todas constituidas de conformidad con los requisitos establecidos en nuestro Código de Trabajo, y demás normativa vinculante, o sea parte de nuestro Estado de derecho. ¿Por qué únicamente se denunció a don Albino Vargas?

Parece sumamente preocupada la denunciante por la salud de las personas. No obstante, muchas de las emergencias que atienden los hospitales se derivan de una actividad que fue defendida por ella, claro, bajo el presupuesto de que toda persona tiene derecho a la defensa. Igual que se tiene derecho de sindicalización con el fin exclusivo de obtener y conservar beneficios económicos, sociales o profesionales.

Bajo esa premisa nuestra Constitución Política también garantiza la libertad de asociación, la libertad sindical, la libertad de reunión, algo más, que posiblemente en su afán de aprovechar el momento coyuntural olvidó doña Gloria, el principio de autonomía de la voluntad. Sí, ese que cita que “Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley. Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden público o que no perjudiquen a tercero están fuera de la acción de la ley”.

En ese orden de ideas, la señora Navas usa para “fundamentar” su denuncia un video que fue tomado sin autorización y divulgado por varios medios de comunicación, de una actividad privada, en la cual participaban diversos sectores sociales con la finalidad de analizar los efectos de las políticas adoptadas por los partidos de gobierno. Así en plural, porque es claro que PAC, PLN y PUSC son lo mismo en la actualidad.

Se puede disentir, discrepar, pensar diferente sobre diversos temas, aun siendo parte del mismo equipo u organización, sin embargo utilizar el derecho para pretender imponer una posición o inclusive acallar a quien tiene una postura diferente de la nuestra resulta absolutamente reprochable y censurable.

“El derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo”.

 

*Seccional ANEP-Fuerza Pública

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Sábado 05 Octubre, 2019

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