Con una reforma al reglamento sobre la inscripción para realizar encuestas y sondeos de opinión de carácter político electoral, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) les cambió las normas a las casas encuestadoras.
Desde ahora estas compañías deberán indicar a la institución a cargo de velar por el proceso, quién o quiénes están financiando los estudios que colocan para publicarlos.
“Las personas físicas o jurídicas que necesiten inscribirse para la elaboración y divulgación de estudios de opinión deberán fijar un sujeto responsable del equipo de trabajo y sus colaboradores, así como indicar cuáles personas físicas o jurídicas pagaron o contrataron el estudio de opinión publicado”, señaló el Tribunal mediante un pronunciamiento a los medios de comunicación.
Otra de las novedades es que luego de la publicación de un sondeo o encuesta, el TSE debe tener acceso a todas las respuestas y preguntas formuladas en la investigación. “Para eso, quien se encargue del estudio deberá enviar dichos datos al órgano electoral”.
Para realizar esos trabajos la encuestadora debe contar con al menos una persona graduada en Estadística debidamente afiliada al Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas.
En cuanto a las labores de campo y posterior publicación, el ente o persona debe inscribirse ante el TSE antes del 24 de octubre en la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (DGRE).
PERIODISTA: Carlos Castro Gamboa
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Viernes 04 Octubre, 2019
HORA: 12:00 AM