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Nacionales

Hacienda anuncia nuevos cambios en renta

Influye en alquileres, retenciones y sociedades

German Morales, socio director de la firma Grant Thornton, explicó que la nueva propuesta trae cambios sustanciales en tres áreas: alquileres, retenciones y sociedades.

El Ministerio de Hacienda publicó este jueves una nueva versión de la propuesta de reglamento sobre el impuesto de renta. 

German Morales, socio director de la firma Grant Thornton, explicó que trae cambios sustanciales en tres áreas: alquileres, retenciones y sociedades. 

En esta propuesta incorpora la renta de capital inmobiliario para personas jurídicas, tal como lo indica la Ley 9.635, pero se había omitido en la propuesta anterior donde solo se mencionaba a las físicas.

Lo que significa es que si usted tiene un local comercial y lo alquila puede aplicar una deducción de gastos del 15% y sobre esa base realizar el pago de renta. 

Actualmente la tasa es de un 30% sobre utilidades y puede deducir todos los gastos, pero según Morales es un mecanismo muy complejo, de ahí que la administración decidiera establecer un cambio. 

“La propuesta de reglamento le deja la opción al contribuyente, si opta por pagar el 30% sobre utilidades tiene que demostrar que tiene al menos un empleado, de lo contrario debe pagar el 15% sobre el 85% del monto del alquiler”, explicó. 

De acuerdo con el experto, no importa si la persona tiene más de un alquiler, la diferencia está en si cuenta o no un empleado. De eso depende cuánto pagará de impuesto de renta y cuánto se le deducirán de gastos. 

La misma regla aplica si son personas físicas que alquilan un apartamento, un condominio o una casa. 

“Yo puedo tener 30 alquileres que si tengo un empleado puedo tributar sobre utilidades y aplicar una deducción de gasto superior al 15%, pero el empleado debe tener un salario, estar inscrito ante la Caja y contar con los respectivos seguro de ley”, explicó Morales. 

Un dato adicional es que si usted siempre tuvo la propiedad y la alquilaba, pero no pagaba el impuesto de renta, se expone a que tras una fiscalización Tributación le aplique un cobro. 

La multa por intereses es del 13% sobre el monto dejado de pagar y el 100% del impuesto no pagado. 

Morales concuerda en que este tipo de acciones no motiva al contribuyente a desembolsar, pero nadie puede alegar desconocimiento de la ley. 

El otro cambio es que ya no hay retención. La administración pretendía que los inquilinos de locales comerciales u oficinas retuvieran un 12,75% al dueño de la propiedad sobre el monto del alquiler. Esto se eliminó. 

“Me parece que están admitiendo que eso era algo muy complicado”, acotó el experto. 

Con respecto a las sociedades inactivas antes todas tenían, que declarar el impuesto, de lo contrario Hacienda podría hacer incluso un traslado de cargos.

Se supone que todas las sociedades activas e inactivas debían estar inscritas ante Tributación al 1 de julio, ahora las inactivas no.

Si usted es el representante legal de la sociedad y no logra explicar de dónde salieron los activos que están dentro de la misma podría verse como un incremento injustificado de patrimonio y por ende se expone a una multa o más sanciones.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

EMAIL: [email protected]

Viernes 17 Mayo, 2019

HORA: 12:00 AM

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