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Espectáculos

El seguro como protección del interés económico del consumidor

Finanzas responsables

En muchas ocasiones, nos hemos preguntado: ¿Qué pasa si tengo un crédito de vivienda o personal y me muero o me quedo sin trabajo? Estas interrogantes se contestan resumidamente con la palabra “seguros”.

Los seguros son una herramienta de protección del interés económico del consumidor al resguardar a este frente a un hecho futuro e incierto. De ahí la importancia de que, a la hora que usted acuda a alguna entidad bancaria o financiera a solicitar un crédito para la construcción de su vivienda o para un crédito personal, se asesore y pregunte previamente de los productos que existen en el mercado, con el fin de que, si sucede ese hecho futuro e incierto (muerte, incapacidad total y permanente o desempleo), sus familiares o usted mismo no se vean sorprendidos ni perjudicados.

En el mercado costarricense, normalmente se utiliza la póliza conocida como “saldo deudor”, la cual consiste en que, si una persona fallece o es declarada en estado de incapacidad total y permanente y tenía una deuda (hipotecaria, de tarjeta de crédito, préstamo personal, etc.), la entidad aseguradora cancela a la entidad bancaria o financiera el saldo que existía al momento de deceso o al momento de que se expida la certificación respectiva del estado de invalidez. Este tipo de póliza es muy recomendable que se incluya en todos los créditos, sin embargo, en los créditos hipotecarios de vivienda que tienen plazos extensos, es aún más recomendable.

Es importante tener en consideración que es el consumidor el que tiene que solicitar la inclusión de este tipo de pólizas, y que las mismas tengan las coberturas deseadas, ya que en muchas ocasiones las personas solicitan una póliza de saldo deudor creyendo que esta incluye la cobertura de incapacidad total y permanente, pero en la realidad solo cubre la muerte. En estos casos, la información clara, veraz, detallada, en lenguaje sencillo y oportuna previo a la firma del contrato es vital y de gran relevancia para evitar contratiempos.

Por su parte, existe la póliza de desempleo, que opera cuando el trabajador se queda sin trabajo. En este caso, la entidad bancaria o financiera recibiría las cuotas del préstamo por parte de la entidad aseguradora, previo a la comunicación del consumidor de su condición de desempleado.

En todo tipo de póliza que se adquiera, se debe prestar atención a las condiciones de esta,, ya que podemos encontrarnos con cláusulas de disputabilidad, las cuales radican en salvar de responsabilidad del pago a la entidad aseguradora, como por ejemplo si la persona fallece antes de cumplirse los 6 meses de vigencia del crédito, o si se determina que la enfermedad que causa el siniestro es preexistente a la emisión y el mismo ocurre antes de los plazos establecidos en las condiciones, o que el despido ocurra dentro de los 6 meses después de haber tomado la deuda. 

Las recomendaciones siempre serán dirigidas a leer todas las condiciones establecidas dentro de los contratos y convenios, estar pendientes de la renovación del seguro y solicitar y exigir la asesoría de las entidades que ofrecen el producto cuando se tiene duda de lo que se vaya a firmar.

 

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Lunes 21 Agosto, 2017

HORA: 12:00 AM

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