Domingo 28, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

Si trabaja el 2 de agosto se lo deben pagar doble

Es de los feriados de pago no obligatorio

Este 2 de agosto, cuando se celebra el día de la Patrona de Costa Rica, la Virgen de los Ángeles, es un feriado de pago no obligatorio, pero a aquellas personas que lo laboren se les deberá cancelar un salario sencillo adicional.

Cabe recordar que millones de fieles católicos de diferentes partes del país hacen la tradicional romería hacia la Basílica de los Ángeles, en Cartago, a fin de agradecer a La Negrita favores concedidos o para solicitar su intercesión en alguna situación que les afecta.

Precisamente entre hoy y mañana se espera la mayor cantidad de visitantes. 

Según informaron en el Ministerio de Trabajo, los empleados tienen derecho a no laborar el 2 de agosto, pese a que la empresa sea nacional, trasnacional o internacional, por lo que cualquier convenio o acuerdo para renunciar al día feriado será nulo.

“Las empresas que tienen pago semanal -en actividad no comercial-, es decir que reconocen en el salario sólo el tiempo efectivamente laborado de la semana, deben pagar los días trabajados durante esa semana, sin incluir el pago del miércoles feriado. Si se labora ese día, se paga un salario sencillo. 

Bajo esta modalidad de pago semanal, si se trabajan horas extra en este feriado, deben remunerarse a tiempo y medio”, detalla el Ministerio mediante comunicado de prensa.

Por otro lado, los centros de trabajo que pagan de manera mensual o quincenal y los dedicados al comercio que desembolsan semanalmente, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados, en estos casos deben cancelar el sueldo completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el 2 de agosto. 

En este sentido el documento agrega que “si laboran ese feriado, deben agregar el salario de un día sencillo para completar el pago doble. Si en el día feriado se trabajan horas extra se deben pagar a tiempo y medio, o sea pago triple”.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

EMAIL: [email protected]

Martes 01 Agosto, 2017

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA