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Nacionales

Magistrados se libran de investigación de Procuraduría

Ante rechazo de denuncia de autorrecetarse alza salarial en 2008

La PEP señaló que no es procedente abrir una investigación contra los magistrados del Poder Judicial

La Procuraduría de la Ética Pública (PEP) de la Procuraduría General de la República (PGR) optó por rechazar o archivar la denuncia presentada contra los magistrados del Poder Judicial, que aprobaron, en el 2008, un aumento salarial para el estrado gerencial y que los incluía a ellos por ser de la alta gerencia, lo que fue considerado por varios sectores como autorrecetarse un fuerte incremento.

La respuesta de los Abogados del Estado obedece a una denuncia anónima interpuesta el 19 de junio anterior; mientras que el 2 de julio del año en curso emitieron la resolución AEP-RES-097-2017 en que se detalla las razones del archivo, tras realizado el análisis.

Los magistrados del Poder Judicial, el 11 de agosto del 2008, en la sesión de Corte Plena, acordaron la creación de un plus salarial para 46 puestos gerenciales que implicó un alza entre los ¢8.000 y los ¢455.000 en el salario base.

Para varios sectores, este aumento es el detonante del riesgo de sostenibilidad que afecta el régimen de pensiones de Poder Judicial, pues elevó de manera importante los salarios de un grupo de empleados que laboran en sede judicial.

 

NO PROCEDE

 

De acuerdo con la PEP, no resulta procedente la apertura de una investigación preliminar respecto a la situación descrita por el denunciante, debido a que, en el 2008, esa instancia analizó la actuación de los magistrados de la Corte Plena que participaron de la decisión de aprobar el aumento salarial para la escala gerencial del Poder Judicial que les beneficiaba y emitió un pronunciamiento en el que se descartó la posibilidad de efectuar una acusación ética, pues se verificó que la conducta se ajusta a lo contemplado en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por lo anterior, la presente denuncia debe considerarse reiterativa, en este extremo, para efectos del análisis de admisibilidad que nos ocupa, y en aplicación de lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 del Reglamento de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función-procedimiento que regula la tramitación de las denuncias a cargo de esta Oficina-, corresponde ordenar su rechazo en fase de admisibilidad”, detalla la resolución de la cual DIARIO EXTRA tiene copia. 

Además, instaron al denunciante anónimo a interponer las acciones administrativas y judiciales correspondientes, debido a que se le solicitó a la PEP incurrir en potestades que no le corresponden.

“Conforme a lo explicado, se concluye indicando que, la intervención solicitada a la Procuraduría de la Ética Pública no es procedente, y debe entonces ordenarse el rechazo de la presente denuncia y el archivo del expediente, de conformidad con el artículo 17 incisos b) y c) del Reglamento de la Ley contra

la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito”, reitera el documento.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Miércoles 12 Julio, 2017

HORA: 12:00 AM

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