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Nacionales

Empleados ocasionales del ICE al garete

Magistrados rechazan amparo que presentó Fabio Chaves

La Sala IV rechazó el amparo interpuesto por Fabio Chaves, que pretendía frenar la no renovación de contratos de empleados del ICE

Por considerar de que no se trata de un tema de su resorte, los magistrados de la Sala Constitucional rechazaron de plano el recurso de amparo presentado por la coordinación del Frente Interno de Trabajadores (FIT) del ICE que pretendía frenar la no renovación de contratos de más de 237 empleados ocasionales.

El recurso de amparo fue interpuesto por Fabio Chaves, también en calidad de presiente de la Asociación Sindical de Empleados Industriales de las Comunicaciones y la Energía (Asdeice), quien argumenta que se irrespetaron acuerdos de evaluar cuáles y cuántos de los trabajadores ocasionales estaban realizando labores permanentes a fin de pasarlos a plazas fijas.

En su resolución los magistrados determinaron que la Sala Constitucional  no es un contralor de la legalidad de las actuaciones o resoluciones de la Administración, por lo que no es competencia de este Tribunal revisar si se debe prorrogar o no los contratos ocasionales de los trabajadores afectados o si debiera o no existir un estudio previo.

“No es competencia de este Tribunal revisar, de conformidad  con la normativa infraconstitucional aplicable, si deben prorrogarse o no lo contratos ocasionales de cada uno de los trabajadores afectados, toda vez que se trata de una labor propia de la vía común-administrativa y jurisdiccional-; así como tampoco determinar si para ello se requiera de un estudio previo. Ello implicaría analizar en un un proceso sumario, la naturaleza de las funciones de cada trabajador y la necesidad institucional de mantener su categoría  como ocasional o permanente, labor que a todas luces corresponde ser planteada y dirimida ante la vía legal respectiva, no solo por lo cuestionado, sino además porque para verificar lo alegado se requiere evacuar una serie de pruebas que no son propias de la vía sumaria del amparo”, se lee en la resolución 2016-001455.  

La Sala estuvo integrada por los magistrados Jinesta Lobo, quien presidió, Cruz Castro, Castillo Víquez, Rueda Leal como ponente, Hernández López, Salazar Alvarado y Hernández Gutiérrez.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

EMAIL: [email protected]

Miércoles 03 Febrero, 2016

HORA: 12:00 AM

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