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Nacionales

Declaratoria de desabasto no soluciona escasez de frijol

La producción de frijol en Costa Rica alcanza solamente el 20% del consumo total, en la imagen productores del grano en Isla Calero

La declaratoria de desabasto de frijol que recomendó esta semana el Consejo Nacional de la Producción (CNP) al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) no solucionará este problema, así lo sostiene la Asociación Nacional de Industriales de Frijol (Anifri), quien responsabiliza al gobierno de la situación.

 

“El problema es que el CNP está haciendo una interpretación errónea de la Ley de Servicio Fitosanitario (SFE), en la aplicación del artículo 50, no está permitiendo el ingreso de frijoles con residuos de tierra desde Nicaragua, lo que nos deja en el mismo problema”, denunció Alejandro Monge, director ejecutivo de Anifri.

 

Con la declaratoria, los industriales podrán comprar el grano desde países productores sin pagar aranceles, así lo establece la Ley 8763. El MAG calcula que el país requiere importar 11.264 toneladas métricas para que sean distribuidas entre los empresarios que compran la producción nacional y sirve para cubrir el consumo de julio de este año y enero del 2015. 

 

Monge dijo que las restricciones empezaron a inicios de 2014, cuando el gobierno anterior devolvió 100 contenedores de frijol con 480 quintales cada uno, lo cual causó el desabasto.

 

Por su parte, Luis Felipe Arauz, jerarca del MAG, pide que no se exagere la situación, que el SFE solo ha devuelto un contenedor y ya se están reuniendo para buscar soluciones y reducir los efectos negativos de la Ley.

 

Los industriales denuncian que en febrero, el SFE decidió, sin razones técnicas ni sanitarias que lo justifiquen, hacer una aplicación arbitraria del artículo 50 de la Ley Fitosanitaria. Esta medida imposibilita la importación de más de 50 mil quintales de frijol que ya habían sido comprados por los empresarios nacionales en el mercado de Nicaragua para suplir el faltante que todos los años se da. 

 

Anifri pide a las autoridades del MAG que revisen la aplicación del artículo 50, instándolos a hacerlo de manera integral, observando el resto de normativa Fitosanitaria, no solo nacional sino también internacional, en aras de no fomentar barreras no arancelarias al comercio.

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Sábado 14 Junio, 2014

HORA: 12:00 AM

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