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Opinión

La Ley a su alcance

CONSULTA: Estimado don Gerardo, fie a un compañero de trabajo y ahora a él le notificaron un embargo de la deuda y un aumento de 50% de ley, según le dicen, y también le cobran honorarios y un montón de intereses. Le agradezco si puede explicarme ese aumento de deuda de más de la mitad. Gracias.

 

RESPUESTA: Ese término que está en la ley procesal y la Ley de Cobro Judicial, le ha permitido a más de un malandrín erosionar el bolsillo de los pobres, que además de serlo, son deudores.


El embargo en un cobro judicial, se ordena por el capital debido, más el 50% extra. Ese cincuenta por ciento de más, no se debe. Es una previsión legal para liquidar deudas accesorias a la suma principal. Es como un saco vacío, al que se le van sumando intereses, timbres, certificaciones, honorarios de perito y honorarios de abogado. Nunca es, como muchos lo entienden, que la deuda subió un 50 por ciento más. Lo grave no es que lo piense el deudor, sino que el acreedor se lo “confirme”, para aumentar su ganancia, pues en muchos casos se le cobran los cien mil pesos que debía, más cincuenta mil pesos de “50% legal”, más los intereses, avalúos, pericias, timbres y honorarios. Total, que la deuda que era de ciento veinte mil colones, se convierte en más de doscientos mil colones, dependiendo de la ignorancia del deudor, y la codicia del acreedor.


Pero el asunto no es así: con un embargo del capital más el 50%, el demandado debe contestar la demanda en cuanto sea notificado, aceptar la deuda en el tanto debido, con su respectiva prueba, y chequear si los intereses están prescritos. Al aceptar la deuda en su justa medida, solicita que se la absuelva de las costas legales. Con esto, pagará lo que debe, se salva de intereses prescritos, y al litigar de buena fe, le pueden perdonar las costas, que representan un 21.5% de la deuda. En suma, que el tal 50% es un colchón de una posible deuda que se debe comprobar y ser aprobada por el juzgado.

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Martes 22 Octubre, 2013

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Por: Lic Gerardo Morales

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