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Nacionales

Sala Constitucional emplaza a Muni de Talamanca

Sobre permisos de uso de suelo y construcción en Gandoca Manzanillo

  • La Municipalidad de Talamanca asegura que es uno de los gobiernos locales más transparentes.

  • Fincas con bosque fuera de ZMT.

En un plazo de 10 días hábiles, a partir de que sea notificada, la Municipalidad de Talamanca deberá brindar información sobre si le otorgó permisos de uso de suelo y construcción a 135 fincas dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo. 

Así lo dictaminó la Sala Constitucional este 30 de julio a través de la resolución N.° 2024021591, al encontrar parcialmente con lugar un recurso de amparo planteado el 4 de julio pasado por una agrupación ambientalista local, luego de que desde abril anterior hiciera la solicitud y a la fecha no ha recibido la información. 

Dichos terrenos se encuentran enlistados en los oficios SINAC-SEIRT-21 1-2020 y SINAC-IRT-O15-2021, en los cuales el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) certificó la presencia de bosque hasta en un 97% de los terrenos.

Aunque en varias de esas propiedades los informes indican un porcentaje bajo de bosque, eso fue solo porque el Sinac se limitó a analizar el área comprendida en el voto de la Sala IV N.°- 2019-012745. 

Por medio de esa resolución, se derogó la Ley 9223, de “Reconocimiento de los derechos de los habitantes del Caribe Sur”, que les otorgaba la posesión de esas tierras, aunque estuvieran en zona protegida. 

“Sin embargo, existe más bosque, solo que fuera del área de la Ley 9223”, dice el oficio de 2020, mientras que el de 2021 indica que, del total de terrenos estudiados, 20 se encuentran dentro de la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) y 86 fuera de esta. 

 

¿QUÉ DICE EL GOBIERNO LOCAL? 

 

En su declaración ante la Sala, Rugeli Morales, en su condición de alcalde de la Municipalidad de Talamanca, externó: “Se rechaza de forma categórica que haya existido violación alguna a los derechos fundamentales (del recurrente) por los hechos que son objeto del presente proceso. Se hace ver a este despacho que lo gestionado por el recurrente no se trata de una solicitud de información ‘pura y simple’, sino que conlleva un análisis y estudio de una serie de expedientes administrativos”. DIARIO EXTRA le consultó nuevamente a Morales al respecto y se limitó a decir: “De esos temas no me refiero más. La municipalidad tiene primeros lugares de transparencia y no hay necesidad de esconder ninguna información, pues es pública. No sé de qué se trata eso. La próxima semana lo ven los abogados”. 

 

ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Es una franja de 200 metros de ancho a todo lo largo de las costas nacionales, cualquiera que sea su naturaleza, medidos horizontalmente a partir de la línea de la marea alta. Constituye parte del patrimonio nacional, pertenece al Estado y es inalienable e imprescriptible. Su protección, así como la de sus recursos naturales, es obligación del Estado, de sus instituciones y de todos los habitantes del país. 

 

 

PERIODISTA: William Aguilar Téllez

CRÉDITOS: Foto: Isaac Villalta / Archivo

EMAIL: [email protected]

Sábado 03 Agosto, 2024

HORA: 12:00 AM

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