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Nacionales

Avanza plan que suspende cárcel por pensión alimentaria

Deudores saldrían de prisión si comprueban haber conseguido empleo

En promedio, unas 300 personas van a prisión de forma mensual por deuda de pensiones

La Asamblea Legislativa dio trámite, en primer debate, a un proyecto de ley que suspendería el apremio corporal (cárcel) a personas que deben pensión alimentaria. 

El texto, impulsado por Nueva República (NR), plantea que las personas que están en prisión por no pagar pensión alimentaria podrían salir de la cárcel siempre y cuando demuestren que tienen un empleo formal. 

Actualmente el apremio corporal, según la Ley de Pensiones Alimentarias, es hasta por seis meses, salvo que se trate de una persona mayor de 71 años, una mujer embarazada o una persona menor de edad.

 

¿CÓMO FUNCIONARÍA?

 

“En los casos en que el obligado alimentario que tenga una o varias mensualidades retrasadas y sobre él pese una orden de apremio corporal (cárcel), podrá aportar evidencia de una oferta laboral o el respectivo contrato emitido por el empleador. Presentada la respectiva documentación, la persona juzgadora, utilizando las reglas sobre cargas y valoración probatorias existentes, podrá otorgar un plazo prudencial no mayor a un mes, entendido en días naturales y prorrogable excepcionalmente por un plazo igual, a los efectos de normalizar la situación patrimonial de la persona deudora alimentaria”, señala el texto de ley.

 

¿Y SI NO CONSIGUE?

 

Por otra parte, se determina que, si el deudor alimentario comprueba que no tiene trabajo, no pudo conseguir o en su defecto no cuenta con recursos económicos para cumplir con su deber, el juez podrá concederle un “plazo prudencial” para que pueda solventar. 

Dicho periodo no podrá exceder de un mes, prorrogable en casos excepcionales, por término igual.

“Las personas deudoras alimentarias que falsifiquen alguno de los documentos requeridos para proceder con los beneficios estipulados en este artículo, no podrán gozar de un nuevo plazo para buscar una recolocación remunerada, por lo que se deberá proceder con el apremio corporal correspondiente”, se establece.

 

A PAGUITOS

 

Otro punto establecido en el texto es que el deudor tendrá la posibilidad de solicitar el pago en tractos de las cuotas alimentarias atrasadas. El juez estará facultado para acceder a esta solicitud en forma total o parcial.

Cabe señalar que la resolución otorgada al deudor, ya sea para buscar trabajo, acogerse a una oferta o para pagar en tractos, ordenaría su libertad o suspendería la orden de captura expedida.

 

BOLSA DE EMPLEO

 

Por otra parte, la iniciativa crea una “Bolsa de empleo para personas deudoras alimentarias”. 

Dicho instrumento promocionaría la inserción laboral del obligado alimentario y, además, que pueda cancelar sus obligaciones. 

Dicha bolsa de empleabilidad será administrada por la Dirección de Empleo, Departamento de Intermediación, Orientación y Prospección del Empleo, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

“Nadie, absolutamente nadie, debería ir a la cárcel por pensión si puede trabajar. Esos padres y madres que no han pagado su pensión no pueden alimentar a sus hijos estando en la cárcel sin poder trabajar. Con este proyecto, les estaríamos dando a estas personas al menos un mes para que busquen trabajo y puedan cancelar sus obligaciones. 

Si no lo hacen, allí sí tendrán que ir a la cárcel. Sabemos que meter a la prisión a las personas no va a hacer que mágicamente se cancele la pensión, pero debemos buscar las formas para que los padres puedan pagar la pensión en defensa de los derechos de los niños de este país. El Estado tiene la obligación de fomentar el empleo, programas de capacitación y generar políticas que impulsen el trabajo. ¿No es mejor que estas personas se capaciten antes de estar sin hacer nada en la cárcel? ¿Cuánto le cuesta al Estado mantener a estas personas que están detrás de las rejas?”, acotó David Segura, diputado de Nueva República.

“¿Quién gana y quién pierde con una persona deudora en la cárcel? ¡Todos pierden! Pierde la familia porque no le llega el beneficio económico para su manutención, pierde el Estado porque debe tener a la persona bajo apremio corporal y lo que significa en gastos, pierde la economía porque hay mano de obra en la cárcel. Este proyecto promueve fuentes de empleo y que la persona cumpla con su responsabilidad”, secundó el legislador del Partido Liberación Nacional (PLN) Luis Fernando Mendoza.

El MTSS deberá difundir las ofertas laborales de las entidades públicas, organizaciones y empresas privadas, a fin de promover la empleabilidad de las personas deudoras.

El texto podría votarse el próximo jueves de forma definitiva. En caso de aprobarse, pasará a manos de Casa Presidencial para convertirse en Ley de la República. 

Hay un promedio de 300 hombres y 5 mujeres en apremio corporal cada mes. 

El costo aproximado de manutención que estas personas deben afrontar de forma mensual es de ¢300.000.

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

CRÉDITOS: Foto: Captura de pantalla

EMAIL: [email protected]

Miércoles 17 Abril, 2024

HORA: 12:00 AM

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