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Nacionales

Levantarían secreto bancario en solo 10 días

De aprobarse propuesta legislativa

La idea es dotar al Ministerio Público de herramientas contra el crimen organizado

El secreto bancario podría levantarse en tan solo 10 días naturales si prospera el proyecto de ley, tramitado bajo expediente 24.234 de Gilberto Campos, diputado del Partido Liberal Progresista, que espera aún para ser asignado a una comisión legislativa.

La iniciativa, llamada “Ley para Eficientizar el Levantamiento de Secreto Bancario en las Investigaciones Penales”, busca que cuando un juez de la República presente una solicitud de secuestro, registro o examen de información bancaria se agilice el proceso.

Ello se lograría a través de la modificación de los artículos 3 y 18 de la Ley Nº 7425 Sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos Privados e Intervención de las Comunicaciones del 09 de agosto de 1994 y sus reformas.

Según se lee en el texto, esto dotaría de herramientas al Ministerio Público y al Organismo de Investigación Judicial (OIJ) en casos en que se investigue la posible participación del crimen organizado.

De acuerdo con el legislador, se trata de información vital para que las autoridades puedan hacer una rápida localización de patrimonios adquiridos producto de actividades ilícitas, a pesar de que el proyecto no pretende nuevas condiciones para estos procesos.

“Actualmente el OIJ se enfrenta a procesos muy engorrosos en este trámite. El proyecto no pretende establecer condiciones nuevas para el levantamiento del secreto bancario, lo que pretende es que el OIJ pueda tener resueltas las solicitudes que hace de manera más efectiva”, comentó Campos.

El OIJ cuando necesita saber si una persona que está siendo indagada tiene cuentas en diferentes instituciones financieras, este proceso es sumamente lento y engorroso porque incluso es hasta a mano, no es digital.

“Tan solo preguntar si una persona tiene una cuenta o no en una institución financiera ya representa todo un reto para el OIJ en un proceso de investigación”, dijo.

Con esto se busca golpear con mayor contundencia las operaciones financieras del crimen organizado, explica Campos, quien afirma que esto no afectaría los derechos del resto de la población.

 

CAMBIOS PROPUESTOS

 

El proyecto establece que, en toda investigación por delincuencia organizada, procederá el levantamiento del secreto bancario de los imputados o de las personas físicas o jurídicas vinculados a la investigación a través de la orden juez a requerimiento del Ministerio Público.Se pretende también que la orden de secuestro, registro o examen deberá efectuarse individualizando los documentos que se soliciten, el nombre de la persona que los tenga en su poder y el lugar donde se encuentran.

Así mismo, se indica que si son secuestrados otros documentos que no se incluyan en la orden deberán restituirse inmediatamente a quien se le secuestraron, salvo que el juez los estime trascendentales para esa u otra investigación. En ese caso, el juez deberá ampliar la orden para incluirlos y justificar el motivo por el cual se incluyeron.

Dice, además, que si con ocasión de los hechos ilícitos estudiados se inicia una investigación por parte del Ministerio Público o de la Unidad de Análisis Financiero del Instituto Costarricense sobre Drogas “toda entidad financiera o toda entidad parte de un grupo financiero tendrá la obligación de resguardar toda la información, los documentos, los valores y los dineros que puedan ser utilizados como evidencia o pruebas dentro de la investigación o en un proceso judicial”.

 

LIMITACIONES ACTUALES

 

En la actualidad, el fuero de protección sobre el secreto bancario está protegido a través del artículo 615 del Código de Comercio donde se menciona que las cuentas corrientes bancarias poseen un carácter que las hace inviolables.

A partir de esto, las instituciones financieras únicamente podrán suministrar información sobre estas a solicitud o con autorización escrita de la persona titular o que exista de por medio una orden de autoridad judicial competente.

Según señala la nueva propuesta, la única alternativa con la que se cuenta en estos momentos es con una resolución jurisdiccional que derribe la limitante que existe en defensa de la privacidad que se ha cernido sobre las operaciones económicas de los particulares y así que las instancias de represión del delito puedan examinar los movimientos que se registran y los haberes contenidos en estas.

PERIODISTA: William Aguilar Téllez

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Miércoles 27 Marzo, 2024

HORA: 12:00 AM

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