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Sucesos

Migración no puede deportar a chamos aprehendidos

Ante falta de embajador venezolano, Heredia

  • En el CARC algunos chamos se han subido incluso a los techos amenazando para que los suelten

  • Enrique Arguedas, director de la PPM

Una serie de medidas ha tenido que emplear la Policía Profesional de Migración (PPM) para contener a los venezolanos detenidos en el Centro de Aprehensión Región Central (CARC), en Los Lagos de Heredia.

Según explicó el propio director de la PPM, Enrique Arguedas, ante consulta de DIARIO EXTRA, “ninguna de las personas venezolanas llegó al CARC por la comisión de un delito, es importante aclarar que las personas extranjeras que cometen delitos son puestas por las autoridades policiales ante la autoridad judicial y esta es la que determina el camino a seguir con la persona extranjera como una prisión preventiva o una medida cautelar en específico. Ninguno de los que están aquí llegaron por la comisión de un delito, sino por condición migratoria irregular”.

 

SIN EMBAJADORA

 

El asunto se complica debido a que, como en el país no hay un embajador que represente a la República Bolivariana de Venezuela, debido a que no se reconoce por parte del Gobierno de Rodrigo Chaves a la exembajadora María Farías, ahora no pueden deportar a los chamos.

“La Ley General de Migración le permite a la policía realizar aprehensiones por un mes, para realizar los trámites de deportaciones de los extranjeros. Permite de manera excepcional y bien justificado ampliar esos 30 días si hay una justificación de peso para tomar la medida de la ampliación de la aprehensión.

Nosotros durante todo el 2022 hicimos deportaciones de venezolanos, pero desgraciadamente, con la renuncia de la señora embajadora que estaba en Costa Rica, María Farías, los extranjeros quedaron en el limbo al no tener una representación diplomática que pueda acreditar las identidades que ellos dicen tener y ante esta imposibilidad no podemos subir a un avión a una persona que dice llamarse como señala, sino que debemos aportar al menos un documento oficial, en este caso el de la embajada acreditando la identidad de la persona que estaríamos subiendo”, indicó el director.

 

SALA ADVIERTE

 

Y, además, en reiteradas ocasiones la Sala IV le ha dicho a la PPM que no puede retener a los extranjeros por más de 30 días según el plazo por ley, obligando así a las autoridades migratorias a cambiar las medidas de deportación por ir a firmar cada 15 días, entre otras.

“En reiteradas ocasiones la Sala Constitucional nos ha llamado la atención por los hechos relacionados con los tiempos sobre las aprehensiones administrativas o las privaciones de libertad que realiza esta Policía para trámites de deportación y la Sala nos ha dicho que esto no puede ser perpetuo el tiempo, o sea, tiene que tener una caducidad, siendo que los únicos que pueden establecer un plazo determinado son los jueces de los Tribunales de Justicia ante una condena por un delito”, dijo Arguedas.

Por lo anterior las autoridades migratorias han puesto a caminar fuera del CARC a los foráneos, especialmente venezolanos.

PERIODISTA: Alexander Méndez

EMAIL: [email protected]

Miércoles 01 Febrero, 2023

HORA: 12:00 AM

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