La Fiscalía Adjunta de Fraudes solicitó al Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José archivar la causa en contra de la sociedad Bolsa de Comercio y Transcomer Puesto de Bolsa.
DIARIO EXTRA tiene en su poder una copia de las conclusiones del Ministerio Público. Estas hacen referencia al expediente 19-000486-618-PE por los delitos de uso de documento falso y falsificación de documento privado.
El caso se relaciona con una denuncia por un “certificado de carbono no emitido” y el desarrollo de un megaproyecto en la Comarca Ngäbe-Buglé de Panamá, asociado a la emisión de toneladas de carbono.
Según la versión de un hombre de apellido González, quien figura como denunciante, la Comarca los contactó (a Ramírez y él) para que le ayudaran con un proyecto de exploración y explotación del yacimiento de cobre que se encuentra en el territorio indígena.
Se acuerda financiar el proyecto a través de la emisión de certificados de carbono, presuntamente a un precio de inicial de $10 por tonelada, y por eso se emite un título. De prosperar el proyecto hubiera dejado $39 millones, indicó el denunciante.
No obstante, el Ministerio Público establece que González nunca negoció con el imputado de apellidos Gutiérrez Lachner, sino con otro hombre de apellidos Ramírez Hernández, que también aparece en esta denuncia.
Aunque independientemente de eso la Fiscalía determinó, entre otras cosas, que los valores podían ser variados, como lo habría hecho y aceptado el denunciante; que el certificado no había sido vendido; que no había perjuicio patrimonial y que no hubo una alteración del documento certificado, por lo que la fe pública no se vulneró.
Además el órgano judicial señala que las acciones del denunciante no habrían sido claras en relación con las versiones otorgadas y que el documento en disputa no puede ser considerado como un título valor.
HIZO LO MISMO
Otro de los hallazgos de la Fiscalía de Fraudes es que el propio denunciante estaba procurando un precio de venta del certificado que era diferente al que él denunció.
Para llegar a esta conclusión se hizo una revisión de los correos en que hubo comunicación en relación con este tema.
“Según… González, la actuación de los denunciados fue un acto irregular en materia contractual, ya que se debió haber liquidado el primer certificado antes de ofertar el otro que contenía la variación de los montos, sin embargo, el mismo ofendido incurrió en la misma conducta al ofertar el título con precio de $21, por lo cual no se podrá confirmar si dicha transacción y variación son legales en este tipo de negociaciones privadas, al margen de los mercados regulados y oficiales, ya que este tipo de negociaciones privadas no se encuentran reguladas”, se extrae del documento firmado por Miguel Navarro, fiscal coordinador de la Unidad de Fraudes.
Se cita que puede haber una diferencia contractual con Ramírez, cuya controversia no alcanza para ser conocido en jurisdicción penal.
NO HUBO FALSIFICACIÓN NI ALTERACIÓN
Añaden que no hay ninguna comisión que cobrar por parte del denunciante porque el certificado de carbono no se había vendido al momento de la investigación.
También las partes, incluido el denunciante, aceptaron que el documento que se expuso a través de un sitio web y se ofertó no era el original, y que se le hicieron cambios, por lo que no se puede hablar de falsificación o alteración.
“En virtud de lo anterior, la conducta atribuida a los imputados de apellidos Ramírez Hernández y Gutiérrez Lachner no encuadra en ningún tipo penal, en consecuencia, debe dictarse el sobreseimiento definitivo”, señaló el Ministerio Público.
PERIODISTA: María Siu Lanzas
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Miércoles 01 Febrero, 2023
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