Jueves 18, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

“La elección municipal va a ser más compleja que la nacional”

Eugenia Zamora, presidenta del TSE

  • Eugenia Zamora (centro), presidenta del TSE, conversó con Iary Gómez Quesada, gerente general de Grupo EXTRA y Sandra Cordero, directora de DIARIO EXTRA

Si la elección nacional de 2022 fue todo un reto para el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), el proceso municipal para 2024 tendrá una logística aún más compleja.
Más de 6.000 cargos de elección popular son los que se definirán en los próximos comicios con miras al proceso electoral del 4 de febrero de 2024.
Eugenia Zamora, jerarca del TSE, cumple su primer año de ejercer el máximo puesto del órgano electoral y hace un balance sobre lo realizado y los principales retos que se avecinan para la institución. Conversó con Iary Gómez Quesada, gerente general de Grupo Extra, y Sandra Cordero Gutiérrez, directora de DIARIO EXTRA. Acá un extracto de la entrevista.
¿Cuál es el balance que hace a un año de asumir funciones?
-El balance que yo hago es muy bueno, a pesar de que un año lleva cosas buenas, regulares, problemas no malos, pero más difíciles de resolver, pero el balance es positivo. Me toca asumir en un momento donde se hablaba de que la elección estaba muy compleja, de la historia del país y del Tribunal, particularmente hoy a 73 años de existencia. Digo que se hablaba entonces porque estamos viendo que la elección municipal que viene va a ser más compleja, por lo menos desde el punto de vista logístico.
¿Cómo fue ese reto de asumir las elecciones nacionales más complejas?
-Entonces ya se había convocado la elección en octubre (de 2021) y, bueno, el retiro del presidente del TSE, el doctor (Luis Antonio) Sobrado González, él lo anuncia a finales de octubre y se da el 10 de noviembre. Ahí me toca asumir la presidencia interina porque le corresponde por Código Electoral al vicepresidente, que era mi cargo anterior, asumir en ausencia temporal o definitiva del presidente. Propiamente el 16 de diciembre (de 2021), el pleno del TSE me elige como presidenta. Fue para mí un gran honor y una gran alegría. Por la forma en que integra sus magistrados desde los artículos constitucionales, siempre ha privilegiado los años de experiencia. El TSE, no solo a mí, sino a través mío, les hizo un reconocimiento a las mujeres del país.
¿Hubo reclamos o denuncias dentro del último proceso electoral?
-En realidad tuvimos, no solamente denuncias, sino recursos de demandas de nulidad que es lo que corresponde contra los resultados electorales, ya sea de la Junta Receptora de Votos o del TSE. En el caso del escrutinio de presidentes no tuvimos ninguna demanda y en el caso de diputados sí tuvimos una impugnación del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) en los resultados de Guanacaste porque no sacaron un diputado por un escaso para llegar al umbral y participar en la cifra distribuidora, eso lo ganó el Partido Progreso Social Democrático (PPSD). Sí detectamos violaciones a la veda electoral, que son muy poquitos, que son del 16 de diciembre al 2 de enero y los días previos a la elección, sobre todo en redes sociales. Eso es muy difícil de controlar.
¿Qué se determina por parte del órgano electoral para enviar los casos ante el Ministerio Público?
-Recordemos que el sistema de financiamiento de partidos políticos es mixto, es decir, pueden recibir fondos privados bajo determinadas condiciones que establece la ley y también reciben contribución estatal. La contribución se introduce en Costa Rica, creo que para la elección de 1958, en una reforma a la Constitución. Cuando los partidos políticos entran en el proceso de campaña electoral tienen que presentar la presentación.
¿Cómo se determina el financiamiento de un partido político tras una elección?
-El otro tema es que parte de ese régimen mixto que puede tener fondos públicos y privados es un régimen, en general, de reembolso. Digo en general porque la excepción del reembolso es el adelanto de la contribución estatal. Es decir, una vez que un partido político termina su participación en el proceso electoral debe presentar en determinadas fechas toda la participación de sus gastos, liquidación que le va a originar, si se comprueban los gastos y si el partido alcanzó el umbral constitucional para tener derecho de una contribución estatal, que es un 4% de los votos válidos, o en el caso de la nacional, un diputado o diputada, y en la municipal un 4% de los regidores en el cantón respectivo, la Constitución dice que se le reembolsarán los gastos al partido previo gasto comprobado.
¿Cuánto tiempo disponen los partidos para presentar sus liquidaciones?
-Ese proceso empieza mucho tiempo después de que se cierra la parte estrictamente de votación dentro del proceso electoral porque los partidos tienen que presentar esa liquidación 45 días después de la elección, con excepción de los partidos que van a la segunda ronda que tiene un alargue, no solo en el plazo 45 días después de la segunda ronda, sino también un alargue en los gastos en los que pueden incurrir en ese periodo. Ahí empieza un proceso muy grande que está a cargo del Registro Electoral. Ellos tienen dos grandes funciones, el proceso de liquidación de gastos de una campaña, pero por otro lado, es un control o fiscalización permanente sobre la salud financiera de los partidos, por eso el código le permite a hacer a ellos hacer auditorías específicas, asesorar a los partidos, acompañar, capacitar, etc.
¿Qué pasa una vez que se presenta un informe y se determina algo que no calza?
-El Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos termina su informe, es avalado por el director de ese departamento, que es don Héctor Fernández, y una vez que ellos hayan terminado esa investigación, ese proceso de verificación, recién ahí, como órgano técnico, le remiten al Tribunal su recomendación. No es vinculante, pero como dice la Ley General de Administración Pública, si el jerarca se separa de una recomendación técnica tiene que explicar las razones por las cuales se separa. Por eso hay una recomendación de que no se pague tal rubro y el TSE lo analiza y dice que sí se pague porque contablemente o financieramente había un límite, pero jurídicamente puede pagarse. Ese es el procedimiento en general cuando se lleva a cabo.
¿A qué tipo de sanciones se pueden exponer los partidos?
-Cuando el Registro Electoral inicia ese proceso de investigación, el Código Electoral establece prohibiciones y sanciones cuando hay eventuales violaciones a las normas financieras y contables electorales. Un tipo de sanciones pueden ser multas que las impone el Registro Electoral y tienen apelación ante el TSE, otro tipo de sanciones son de tipo penal. Cuando son de tipo penal, la calificación de si ese hecho específico es penal o no, no le corresponde al Tribunal. Es interesante porque hay otros países como Panamá y Ecuador en donde el Tribunal Electoral también es el Tribunal Penal Electoral, pero el legislador costarricense siempre desde el Código Soto-Harrison desde 1946, reiterado en 1952 ,y vuelto a reiterar en 2009, el legislador costarricense siempre ha sido que la parte penal en materia electoral debe pertenecer a la jurisdicción penal ordinaria.
¿Se podría establecer algún límite de participación de partidos políticos para evitar procesos electorales tediosos?
-No. Tiene una serie de explicaciones jurídicas, digamos políticas y que se basan en el principio democrático sobre todo. La noche de la segunda ronda, nuestro sistema electoral no se caracteriza por restringir la libertad de expresión a nadie, incluida la libertad de prensa, la libertad de comercio, salvo aquellas restricciones que deben ser por ley necesarias, que buscan un parámetro de constitucionalidad del caso. Nuestro país no dice qué candidatos participan o cuáles no, qué partidos sí o qué partidos no, dentro de los requisitos y las reglas del juego que establece el sistema electoral, porque hay decisiones políticas que en general no deben ser, digamos, evitadas por la ley ni restrictivas por el Estado.
¿Qué planteamos tiene hoy día el TSE para ordenar ese proceso electoral?
-Nosotros como Tribunal creemos, y eso es parte de lo que estamos analizando, que hay algunas normas que se puedan introducir para reordenar un poquito este proceso de registro de partidos políticos, pero será una decisión del legislador. En el Código Electoral anterior había un umbral mínimo de firmas para participar en los procesos cantonales, provinciales y nacionales y eso fue mencionado por la Sala Constitucional, digamos dimensionando que hay una acción de inconstitucionalidad y la Sala bajó ese umbral. Luego otro partido impugnó una norma mediante la cual ese partido decía que la obligatoriedad de asambleas distritales era inconstitucional porque era muy gravoso para partidos que no eran muy grandes y la Sala declaró las distritales. Luego el TSE dimensiona la sentencia y entonces dice que seguirán haciendo distritales los partidos que voluntariamente lo quieran hacer, pero los que no lo quieran hacer que no lo hicieran, entonces eso facilitó más partidos.
¿Han pensado en la cancelación de credenciales?
-En una última resolución había una norma que decía que los partidos que no participaban o aquellos que participaran, pero que no alcanzaran el umbral mínimo de votos, debería ser cancelada su inscripción. La Sala Constitucional anula la mitad del artículo y dice que los que no participan no pueden ser cancelados, pero los que participan, pero que no tienen el mínimo umbral sí pueden ser cancelados.
¿Por qué razones se produce un alto abstencionismo en las elecciones?
-Hablan los expertos de la crisis de los partidos políticos. El Programa Estado Nación viene hablando de esto desde los años 90. Vea que una de las encuestas postelectorales, cuando se les preguntó a las personas frente al altísimo número de abstencionismo que tuvimos, un poquito más en la segunda ronda que en la primera, la gente, si uno sumaba entre una u otra respuesta, daba más del 80% que esa gente no había ido a votar porque no les gustaba las propuestas o las candidaturas. Eso no es responsabilidades de los órganos de control del Estado, sino de los propios procesos internos de selección de candidaturas de los partidos políticos.
¿Por qué el TSE considera inconstitucional el plan para eliminar la doble postulación?
-Lo que se ha dicho públicamente es que el TSE se opuso al proyecto. Es técnicamente correcto porque en los términos del artículo 47 constitucional formalmente nos opusimos. Pero muy importante conocer las razones. El TSE no dijo que se opone a prohibir la doble postulación, sino que dijo que los cargos de elección popular municipales se pueden restringir sus requisitos por ley. Pero los cargos nacionales, entiéndase presidente y vicepresidentes, diputados y diputadas, no pueden introducirse requisitos o impedimentos de participación que no sean por la vía de la reforma constitucional, así lo ha dicho la Sala Constitucional.
¿Existe la posibilidad de bajar el porcentaje del 40% para evitar la segunda ronda, tomando en cuenta el abstencionismo?
-En el 2002 el candidato que lideró la primera ronda alcanzó 38%, en el 2014 fue un 30 % el que sacó más, en el 2018 fue un 24 % y ahora en 2022 un 28 %. La pregunta que uno se haría es, ¿dónde pone usted el número? La segunda pregunta que nos hacemos es ¿qué queremos resolver con esto? No es solo cambiar el tiempo entre la primera y la segunda ronda, no es solo cambiar el monto del umbral, sino es el problema político que tenemos. La dificultad costarricense es única en el mundo.

Extradirecto

TSE: Organismo electoral robusto.
Elecciones presidenciales: Las más complejas de la historia.
Presidencia del TSE: Liderada por una mujer.
Magistratura: Extraordinario cargo que demanda retos.
Elecciones municipales: Elecciones altamente complejas.
Demandas de nulidad: Casi ninguna.
Impugnaciones: Muy pocas.
Veda: Tiempo de reflexión para el elector.
Régimen mixto: Me parece el adecuado.

PERIODISTA: Greivin Granados

CRÉDITOS: Foto: David Barrantes

EMAIL: [email protected]

Lunes 12 Diciembre, 2022

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA