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Nacionales

Condenan al MAG por no pagar derechos laborales

A exfuncionario institucional

  • El MAG aseguró que no pagaba las prestaciones por una resolución de Casa Presidencial, pero esta última desmintió el argumento

  • Esta es la sentencia de Sala Constitucional respecto al pago de prestaciones al exfuncionario institucional

La Sala Constitucional condenó al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) por no pagar una serie de prestaciones y derechos laborales a un exfuncionario institucional. 

A través de la resolución Nº 2022025456, los magistrados dieron con lugar un recurso presentado por un hombre de apellidos Vargas Young, quien solicitó al MAG que le cancelara su respectivo pago de prestaciones legales, ya que su nombramiento como Consultor Licenciado Experto finalizó el pasado 7 de mayo. 

Entre lo solicitado estaba cesantía, aguinaldo proporcional, vacaciones y salario escolar. En total, el monto se aproximaba a los ¢8 millones. 

No obstante, la Oficina de Recursos Humanos del MAG le indicó que debía efectuar la solicitud al Viceministro Administrativo. 

 

CALVARIO

 

Tras conocer la resolución, Vargas procedió a presentar la solicitud al respectivo departamento, y después de tres meses sin recibir respuesta procedió a consultar a la jefatura de Recursos Humanos el estado del trámite 

En dicha oficina, le indicaron que no podían darle una fecha de pago, pues el tema dependía del Departamento Legal del MAG, del despacho del Ministro y de que la Presidencia de la República firmara una resolución. 

Incluso, por orden de Sala Constitucional, el MAG indicó que el Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos (GIRH) pidió al Departamento Financiero que certificara la existencia de contenido presupuestario para el pago de prestaciones legales. 

Es decir, no sabían si tenían plata para la cancelación de las prestaciones. Mediante certificación, aseguraron que tuvieron presupuesto hasta el pasado 22 de agosto. Sin embargo, por una serie de directrices emitidas desde Casa Presidencial, no se podía dar por concluido el trámite 

“Continuamos a la espera de las instrucciones que gire el Ministerio de la Presidencia, específicamente el Departamento de Leyes y Decretos de Casa Presidencial”, señalaba el oficio. En ese momento, Vargas llevaba más de cinco meses sin recibir recursos. 

 

CASA PRESIDENCIAL

 

Ante ese escenario, Sala Constitucional consultó a Casa Presidencial si una directriz estaba frenando el pago de prestaciones al funcionario y Natalia Díaz, ministra de la Presidencia, manifestó a los magistrados que “las gestiones referidas por la persona exfuncionaria derivan en acciones propias presentadas ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería y no fueron dirigidas a ese Despacho Ministerial”. 

Es decir, Casa Presidencial desmintió al MAG al asegurar que no hay una directriz que impida tramitar el pago de prestaciones y que tampoco era cierto que el MAG haya hecho alguna gestión de pago.

“(…) Es oportuno hacer notar a los señores Magistrados que no son de recibo los argumentos esgrimidos por parte del Ministerio de Agricultura y Ganadería, al señalar que no se ha procedido con la firma del trámite del señor Vargas Yong (…)”, detalla.

“Cabe resaltar, que, mediante certificación emitida por el Departamento de Leyes y Decretos del Ministerio de la Presidencia, de fecha 13 de octubre de 2022, se dispone que no ha ingresado la resolución de pago de prestaciones laborales ni ningún otro tipo de resolución a nombre del señor Vargas Young, proveniente del Ministerio de Agricultura y Ganadería (…). En línea de lo anterior, no consta acercamiento alguno por parte de dicho Ministerio con la instancia asesora encargada de la Presidencia de la República en aras de procurar atender con celeridad y urgencia el trámite, lo cual deviene en una evidente y además excluyente responsabilidad del Ministerio de la Presidencia”, añade el documento suscrito por Díaz. 

La misma Sala Constitucional determinó que el Ministerio de la Presidencia no tuvo responsabilidad en el trámite.

 

RESOLUCIÓN

 

Ante tal situación, el exfuncionario del MAG aseguró que se encontraba en “incertidumbre e indefensión”, por lo que recurrió a Sala IV, donde los magistrados resolvieron a su favor. 

De acuerdo con Sala Constitucional, “el no pago de la liquidación correspondiente conllevó una violación a la dignidad del ser humano” y también, “todo trabajador tiene a ser indemnizado al terminar su relación con el patrono”, 

“Se declara con lugar el recurso, únicamente, contra el Ministerio de Agricultura y Ganadería. Se ordena a Víctor Julio Carvajal Porras, en su condición de Ministro de Agricultura y Ganadería, o a quien ejerza tal cargo, que gire las órdenes pertinentes y lleve a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para que, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de esta sentencia, al recurrente Vargas Young se les cancele los montos correspondientes a sus prestaciones laborales”, indica la sentencia. 

“Se advierte al recurrido (MAG) que, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo, y no la cumpliere o hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a la presente declaratoria, los cuales se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”, concluye.

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

CRÉDITOS: Fotos: Raquel Vargas, captura de pantalla

EMAIL: [email protected]

Lunes 05 Diciembre, 2022

HORA: 12:00 AM

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