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Nacionales

“No se deben impedir dobles postulaciones”

Sería inconstitucional, afirma órgano electoral

Los magistrados consideran que limitar las dobles postulaciones podría afectar principios constitucionales

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) aseguró que prohibir la doble postulación de candidaturas sería inconstitucional. 

A través del oficio TSE-2056-2022, la magistrada presidente del TSE, Eugenia Zamora Chavarría, aseguró a los congresistas que el expediente 23.263 presentado por Manuel Morales, legislador del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), contravendría distintos artículos de la Constitución Política. 

“Este Tribunal, desde el año 2001 y con base en la jurisprudencia de la Sala Constitucional, ha señalado que, en materia de impedimentos y de condiciones de inelegibilidad, aplica el principio de reserva de Constitución en aquellos cargos cuya creación y condiciones de acceso se prevean directamente en ese texto político fundamental”, manifestó el TSE.

“Tratándose de los cargos del gobierno nacional (Presidencia y Vicepresidencias de la República y diputaciones a la Asamblea Legislativa), la Constitución Política sí previó expresamente cuáles serían las condiciones personales que debían cumplir los aspirantes a esos puestos, así como quienes no podrían presentar candidaturas a ellos (artículos 108, 109, 111, 112, 131 y 132). En ese sentido, está vedado al legislador imponer más restricciones de las que se contemplan en la citada norma fundamental”, agrega la respuesta del TSE. 

 

LA PROPUESTA

 

La propuesta de ley, impulsada por Morales, añade un artículo al Código Electoral, a fin de que se prohíba que los candidatos a la presidencia de la República sean al mismo tiempo aspirantes a diputaciones.

Además, se modificaría el Código Municipal para que las personas que aspiren a alcaldes no puedan postularse como legisladores de la República en la misma elección.

Un caso similar se aplicaría para aquellas personas que aspiren a ser regidores.

Actualmente la única prohibición que existe en materia de doble postulación se encuentra en el artículo 112 de la Constitución Política, el cual señala que los diputados no pueden ejercer otros cargos públicos de elección popular.

Por otra parte, el artículo 148 del Código Electoral prohíbe la nominación simultánea como candidatos a legisladores por diferentes provincias.

 

16 DOBLES

 

En el proceso electoral de 2022 se registró el mayor uso de la doble postulación en la historia política del país.

De 25 candidaturas a la presidencia, 16 utilizaron la doble postulación para aspirar a la presidencia de la República y una diputación.

Ellos fueron Rolando Araya (Costa Rica Justa), Óscar López (PASE), Rodolfo Hernández (PRSC), Eli Feinzaig (PLP), Federico Malavassi (Unión Liberal), Carmen Quesada (Justicia Social Costarricense) Óscar Campos (Encuentro Nacional) y Natalia Díaz (Unidos Podemos).

Se suman Fabricio Alvarado (PNR), Rodolfo Piza (Nuestro Pueblo), Sergio Mena (PNG), John Vega (PT), Greivin Moya (Fuerza Nacional), Martín Chinchilla (Pueblo Unido), Roulan Jiménez (Movimiento Social Demócrata) y Maricela Morales (Unión Costarricense Democrática).

De esa lista los únicos que llegaron a Cuesta de Moras son Eli Feinzaig y Fabricio Alvarado.

Caso aparte es el de Natalia Díaz, quien a pesar de no alcanzar ningún escaño en la Asamblea Legislativa logró un puesto como ministra de la Presidencia.

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

CRÉDITOS: Foto: Randall Sandoval

EMAIL: [email protected]

Martes 27 Septiembre, 2022

HORA: 12:00 AM

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