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Nacionales

No hay claridad para fraccionar propiedades

Topógrafos acusan al INVU por polémico reglamento

  • El Reglamento de Fraccionamiento Urbano entró en vigencia en setiembre de 2020

  • Andrés Meza, coordinador general del Congreso Internacional de Topografía (CIT)

  • ¿QUE DICE EL INVU?

 

 

 

El Colegio de Topógrafos de Costa Rica acusa al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) de no dar claridad a la población para el fraccionamiento de propiedades.
El polémico Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones (RFU) entró a regir desde el 13 de setiembre de 2020 con el fin de dar un mayor ordenamiento territorial.
El reglamento estableció un transitorio de dos años al INVU para “delimitar los cuadrantes de los distritos urbanos”. A su vez, dio pie a que las municipalidades sin plan regulador definieran el ámbito urbano de sus distritos, pero no hay claridad.
El RFU ya cumplió sus dos años de vigencia, pero a la fecha no existe una definición con respecto de los cuadrantes urbanos.

VACÍO LEGAL

Andrés Meza, coordinador general del Congreso Internacional de Topografía (CIT), acotó que hay un vacío legal entre los propietarios de terrenos que no les permite hacer las divisiones territoriales con certeza seguridad jurídica.
Meza detalló que existe una gran preocupación en relación con la necesidad de subsanar porque la afectación a los propietarios de los bienes inmuebles es sumamente lesiva.
El representante recalcó que se requiere aterrizar los cuadrantes urbanos con carácter de urgencia, por medio de una serie de modificaciones al reglamento en cuestión.
“Queremos como ente consultor tener un espacio de comunicación directa desde el Colegio de Ingenieros Topógrafos a efectos de presentar una serie de elementos que se deben poner atención y buscar corregir que se contemplan en el reglamento que riñen con la legalidad costarricense.
Hay aspectos, por ejemplo, en lo que son el uso y los permisos para poder inscribir planos en zonas fuera del cuadrante. Por eso, estamos haciendo la referencia de tener clarísimo hasta dónde se definen los cuadrantes urbanos, es decir, los límites porque fuera de los cuadrantes urbanos del Fraccionamiento se vuelve diferente”, indicó Meza.

¿QUÉ DICE EL INVU?

“En primer lugar, no se ha dejado en indefensión a la población y, en segundo término, la Institución ha realizado lo pertinente para dotar a los gobiernos locales de instrumentos que permitan ordenar sus respectivos territorios; ya sea a través de su Plan Regulador o bien de manera supletoria a través del nuevo Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones (RFU). Gracias a la actualización de este reglamento, el INVU creó el Protocolo para la delimitación de los cuadrantes urbanos y sus áreas de expansión que también ha permitido esclarecer conceptos históricamente ambiguos como cuadrante urbano, área de expansión y área previamente urbanizada. Con la promulgación del protocolo, estos conceptos pueden ser delimitados espacialmente contribuyendo a la seguridad jurídica. De igual manera, según el transitorio II del RFU, las municipalidades no cuentan con un plazo establecido para definir el ámbito urbano de sus distritos para lo cual puede utilizar el protocolo antes mencionado. No obstante, el INVU cuenta con una contratación para la delimitación de los cuadrantes urbanos en distritos ubicados fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM)”.

 

 

 

PERIODISTA: Greivin Granados

CRÉDITOS: Fotos: Raquel Vargas

EMAIL: [email protected]

Viernes 23 Septiembre, 2022

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