Viernes 19, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

Proponen que defensor no pueda ser reelecto

Iniciativa lo modificaría

El texto se presentó mediante el Departamento de Participación Ciudadana del Congreso

Una iniciativa de ley presentada ante el Departamento de Participación Ciudadana del Congreso pretende limitar la reelección en la Defensoría de los Habitantes. 

La propuesta la formuló la actual defensora de los habitantes, Catalina Crespo.

En concreto, el texto de ley busca reformar varios artículos de la Ley 7319, a fin de que la Asamblea Legislativa continúe nombrando al defensor de los habitantes de la República por un período de seis años, mediante mayoría absoluta de los diputados presentes, no obstante, se propone que no pueda ser reelecto de manera consecutiva, ni por más de dos periodos.

Del mismo modo, se modificarían las causas para cesar al funcionario. 

Actualmente, el defensor de los habitantes puede ser cesado por renuncia a su cargo, muerte o incapacidad, negligencia notoria o por violaciones graves al ordenamiento jurídico en el cumplimiento de los deberes de su cargo o incompatibilidades previstas en la Ley o haber sido condenado, en sentencia firme, por delito doloso.

No obstante, el texto presentado dejaría de contemplar el inciso ch) correspondiente a negligencia antes mencionado.

Otra de las modificaciones es que el nombramiento del defensor o defensora de los habitantes de la República debe hacerse dentro del mes anterior al vencimiento de su periodo, o dentro del mes inmediato siguiente a la separación del cargo. 

 

ESTRUCTURA

 

Además de modificar los requisitos para la defensora de los habitantes, la iniciativa busca realizar una serie de cambios en la estructura interna. 

El artículo 11 de la modificación plantea que la Defensoría de los Habitantes cuente con una Dirección de Defensa de los Habitantes, una Dirección Administrativa y una Dirección del Instituto de Formación y Estudios en Derechos Humanos, cuyos directores y jefaturas serán nombrados por el Defensor o la Defensora. 

Actualmente, la ley contempla una Defensoría para la protección de la persona adulta mayor y con los órganos especiales necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones y competencias.  “La Defensoría para la protección de la persona adulta mayor deberá estar abierta las veinticuatro horas del día, todos los días del año, y será la encargada de velar por la no discriminación y la exigencia de trato preferencial para las personas adultas mayores en las instituciones del Estado y en la prestación de los servicios públicos, así como de cualquier otra situación o queja relativa a este sector de la población”, señala el texto vigente. 

“Este proyecto busca fortalecer las capacidades de la Defensoría. Después de 4 años, he visto que se puede fortalecer la ley actual para brindar un mejor servicio a la ciudadanía”, señaló Crespo. 

 

¿QUÉ SIGUE?

 

El Director de Participación Ciudadana (DPC) de la Asamblea Legislativa, Juan Carlos Chavarría, señaló que el proyecto de ley seguirá el trámite usual que siguen las iniciativas que presenta la ciudadanía.  Es decir, un diputado deberá acogerlo y presentarlo ante la Secretaría del Directorio. Una vez realizado dicho trámite, se le asignará un número de expediente y será remitido a una comisión legislativa.  Pasado dicho proceso, se podrá dictaminar y si se vota en dos debates por los diputados, pasará a manos del Poder Ejecutivo para convertirse en Ley de la República

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

CRÉDITOS: Foto: Daniel Johnson

EMAIL: [email protected]

Sábado 02 Julio, 2022

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA