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Opinión

Deuda alimentaria, ¿trabajo o cárcel?

Lic. Gilbert Fco. Gómez Reina*

“Estado debe dar empleo a deudores de pensión alimentaria”. Con este título, DIARIO EXTRA en fecha del 2 de setiembre de 2009, inicia conmigo una fuerte lucha para que los presos por pensión alimentaria tengan trabajo, como lo exige el numeral 56 de la Constitución Política. 

Se trata de la conclusión general a la que llegué en mi tesis de maestría. Así lo reconoce el Periódico del Pueblo, cuando en fecha del 12 de julio 2010,  cuando presento el primer proyecto de ley, número 17.708, archivado porque no se pudo aprobar durante 4 años de la Administración Chinchilla Miranda, refiriéndose a su servidor, dice: “Nace de tesis de graduación de juez de familia. Proyecto para que gobierno les dé trabajo a deudores de pensión.”.

El apremio corporal en pensiones alimentarias  rige desde el Decreto No. XIX del 12 de julio de 1867.  Al 12 de julio 2022, habrán transcurrido 155 años. En su artículo 21establece que el que no paga la pensión debía cancelar 10 a 30 pesos de multa o quedar en prisión de 1 a 3 meses. Actualmente,  con orden de allanamiento, es por 6 meses. Este Decreto hoy se oculta en la Ley de Pensiones Alimentarias y se convierte en el Decreto más antiguo del mundo.

¿Qué logra el Estado con mantener en prisión a personas sin ingresos económicos durante seis meses? Mi respuesta es obvia, nada; por el contrario, se pierde la libertad de tránsito. La persona en la cárcel, jugando fútbol, haciéndose delincuente, separado de sus hijos y alimentándolos la sociedad como si tuviéramos obligación.

El segundo proyecto de ley, número 21.540, fue presentado a la corriente legislativa el 01 de agosto de 2019, publicado en La Gaceta No. 155 de 20 de agosto de 2019, gracias al apoyo que recibí del diputado Harllam Hoepelman Páez, quien, en la exposición de motivos y declaraciones que brindó a los medios prensa nacional, indicó que su servidor es el gestor principal de dicho proyecto de ley.

En estos momentos el referido proyecto 21.540 ocupa el lugar 55 en el Plenario de la Asamblea Legislativa.

El objetivo del proyecto es dictar una ley que posibilite a las personas obligadas al pago de la pensión alimentaria el acceso a oportunidades  de empleo que les permita acogerse a la suspensión del apremio corporal y puedan cumplir con sus responsabilidades alimentarias. 

La persona que no tenga un oficio o profesión recibirá programas especiales de capacitación y formación, esto por medio del INA. 

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Paz, podrá suscribir convenios con empresas del sector privado e instituciones públicas para promover la empleabilidad de las personas que están o eventualmente podrán estar en situación de apremio corporal por deuda alimentaria por encontrarse sin medios permanentes de ingresos que le permitan cumplir con su obligación.

Contratada la persona, se remite copia del contrato al juzgado de pensiones alimentarias, para que se suspenda el apremio corporal, se dé libertad de la persona en cárcel. El monto de la pensión se gira a la cuenta bancaria del juzgado alimentario.

Los ministerios mencionados vigilarán con el patrono para que la persona a pagar pensión alimentaria esté cumpliendo con su contrato laboral, de lo contrario regresa de nuevo a la cárcel.  Este beneficio se da solo una vez, y a la persona que no tenga trabajo.

De los 57 diputados que forman la Asamblea Legislativa, dos de ellos,  Lic. Pilar Cisneros Gallo y Prof. Leslye Bojorges,   han tenido la cortesía de recibirme y atenderme en sus despachos legislativos, ofrecieron ayudarme para que en Navidad 2022, los padres puedan comerse su tamilito navideño y vayan a las fiestas populares en Zapote y a la entrada a clases 2023, acompañen a sus hijos a hacer las compras de útiles escolares. ¡Aleluya! ¡Gloria a Dios!

Queda mucho más por comentar. Cualquier duda o algo más que deseen saber, estoy a sus órdenes.

 

*Exjuez de la República

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Jueves 09 Junio, 2022

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Gilbert Fco. Gómez Reina*

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