Viernes 19, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Opinión

Derechos humanos de las personas adultas mayores

Está legal

Costa Rica logra un significativo avance en el resguardo de los derechos humanos de las personas adultas mayores. El propósito del proyecto de ley 22032 (Ley para prohibir la difusión de propaganda que degrade a la persona adulta mayor) es prohibir la difusión de propaganda en textos, imágenes, lenguaje, videos e información que degrade la dignidad, el honor y la imagen de la persona adulta mayor. 

La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, según el ordinal 32, obliga al Estado costarricense a la toma de conciencia y a fomentar una actitud positiva hacia la vejez.  Esto implica un trato digno, respetuoso y considerado hacia la persona adulta mayor.  Pero también compromete al país a evitar el lenguaje e imágenes estereotipadas sobre la vejez. 

La Ley 7935 (Ley Integral para la Persona Adulta Mayor), en sus artículos 6 y 7, ya regulaba el derecho a la integridad y el derecho a la imagen de la persona adulta mayor. Pero el ordenamiento jurídico nacional carecía de sanciones específicas cuando la persona adulta mayor sea degradada por propaganda contraria a sus derechos humanos.  Lamentablemente, ese tipo de publicidad ha sido divulgada en diversas ocasiones.

La iniciativa es innovadora y marca un hito en la historia de la defensa de los derechos de la persona adulta mayor.  Esto porque, además de evitar la circulación de la propaganda prohibida, específicamente aquella que promueve mitos o estereotipos contra el envejecimiento y la vejez, también garantiza la imposición de una multa (que puede ser moderada, grave o gravísima) a los medios de comunicación o a las agencias de publicidad que cometan esas infracciones administrativas.  Lo anterior, en estricto apego al debido proceso. 

Se alberga la esperanza de que las nuevas diputaciones continúen impulsando y respaldando una serie de medidas necesarias para depurar la legislación patria. Esto porque la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor es anterior a la aprobación de la Convención, ratificada por medio de la Ley 9394 y de acuerdo con la redacción actual de este instrumento jurídico, en muchas ocasiones, esa ley parece que ha ido quedando desfasada, por cuanto tiene ya veintidós años. 

Es muy importante considerar que los mitos y los estereotipos pueden llegar a afectar la salud mental de la persona adulta mayor, así como la percepción del resto de la sociedad y el trato hacia este grupo. El enfoque es claro: si se reducen los mitos y los estereotipos, aumenta la toma de conciencia, se empodera a la persona adulta mayor y se logra sensibilizar a la población en general.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Martes 31 Mayo, 2022

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: MSc Wilber Oviedo Vargas

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA

ÚLTIMA HORA