Jueves 18, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

Sala IV frena voto no presencial de diputados

Encuentra vicios de inconstitucionalidad

La Sala Constitucional le puso luz roja a la propuesta para votar de forma remota

La Sala Constitucional encontró una serie de vicios en el proyecto de ley que permitiría el voto no presencial de diputados.

Mediante sentencia 010549-22 y de forma unánime los magistrados de la Corte Suprema de Justicia determinaron que el expediente No.21.381 contiene el vicio sustancial en el procedimiento legislativo al enviarse a la Comisión Permanente de Redacción sin someterse antes a dos debates, tal como obliga el procedimiento legislativo.  En cuanto al fondo, los magistrados fallaron, por mayoría, que la redacción del texto contiene lenguaje que lo hace “contrario a la razonabilidad y proporcionalidad constitucional”, por impedir que los diputados puedan usar dicha modalidad de voto si toman una licencia de paternidad.

“(…) resulta contrario al principio universal a la igualdad ante la ley y de no discriminación por sexo, así como no despliega la protección del principio del interés superior del menor, en perjuicio de dos tipos de derechos debidamente reconocidos en la Constitución Política y la Convención de los Derechos del Niño, como son los derechos funcionariales y los derechos familiares, del diputado”, señala el fallo. 

A partir de la resolución judicial, el texto deberá ser devuelto al Congreso y seguir su trámite en la Comisión de Redacción, enmendar lo señalado por Sala IV y posteriormente pasará a manos de los 57 diputados para darle trámite en segundo y definitivo debate.

La iniciativa, impulsada por Ana Lucía Delgado, exdiputada de Liberación Nacional, plantea modificar el artículo 119 de la Constitución Política para que se pueda ejercer el voto no presencial a través de medios tecnológicos únicamente en los casos en que las diputadas se encuentren disfrutando de una licencia remunerada por maternidad. 

Además se plantea que el voto no presencial se podrá utilizar, siempre y cuando exista concurrencia de dos tercios del total de los diputados de la Asamblea (38 votos), para resoluciones que requieran mayoría calificada para su aprobación y cuya modalidad de votación sea ordinaria o nominal.

Finalmente, se señala que la Asamblea Legislativa deberá dictar las normas que regulen la forma y los medios tecnológicos en que implementará el voto no presencial en la Asamblea Legislativa, dentro del año siguiente a la publicación de esta reforma constitucional.

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

CRÉDITOS: Foto: Asamblea Legislativa

EMAIL: [email protected]

Miércoles 18 Mayo, 2022

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA