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Nacionales

Frenan castigo a demandas por cobro judicial

Presidencia retira proyecto de ley

Los juzgados o secciones especializadas en materia de cobro judicial llegaron a acumular 536.846 casos

 

 

 

La Presidencia retiró de la Asamblea Legislativa el proyecto de Ley que pretendía establecer un recargo sobre los acreedores que presenten demandas de cobro judicial.
Se trata del proyecto expediente N° 22.802 “Ley creación de una tasa para el mejoramiento de la justicia cobratoria”. Este propone la creación de una tasa a los servicios judiciales cobratorios con el objetivo de que se invierta lo recaudado en la tramitación de estos casos.
La iniciativa busca el mejoramiento de la administración de justicia en aquellas demandas de cobro judicial que provienen del Sistema Financiero Nacional, conformado por 51 entidades, con carteras crediticias que rondan los ¢10 billones.
Según la ministra de la Presidencia, Geannina Dinarte, se desconvocó para evitar que por segunda ocasión se archive el proyecto en la Comisión de Asuntos Hacendarios. La acción se hizo a través del decreto ejecutivo N°43380-MP.
En la exposición de motivos de la iniciativa, el Consejo Superior del Poder Judicial indicó: “El comportamiento de los principales indicadores de gestión judicial determina una tendencia gradual hacia la saturación del trabajo delegado a estos despachos judiciales, (…)  Los juzgados o secciones especializadas en materia de cobro judicial acumularon un circulante de 536.846 casos al finalizar el 2017”.
Además, el proyecto detalla que se establecería una tasa a “los procesos monitorios dinerarios, ejecuciones hipotecarias, ejecuciones prendarias, ejecuciones de garantías mobiliarias, reposesión de garantías mobiliarias y embargos preventivos que sean competencia de los Juzgados de Cobro Judicial”.
Señala el proyecto de ley que “el porcentaje será como mínimo del 1,5% y 2,5%, podrá ser fijo para todos los casos o escalonado por rangos según el valor de la estimación de la demanda o del proceso cobratorio”.
Sobre el esquema del porcentaje a cobrar, el expediente legislativo subraya que “deberá definirse anualmente por la Corte Plena del Poder Judicial, con base en un estudio técnico y financiero que consideren la necesidad de establecer mínimo y máximos para hacer la gestión cobratoria, la estadística institucional en materia de cobro judicial, y los resultados de la gestión cobratoria que se pretende alcanzar que justifiquen la tasa”.
Esta iniciativa de ley es de vital importancia para descongestionar la gran cantidad de expedientes sobre cobros judiciales de entes financieros y contribuir a los costos operativos que devenga el Poder Judicial.
Ante la posibilidad de que los diputados archiven este proyecto de ley, ya que anteriormente habían archivado una iniciativa idéntica, el Ejecutivo optó por desconvocar para evitar que esta importante iniciativa no prospere en la corriente legislativa.

 

 

 

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto. Archivo

EMAIL: [email protected]

Jueves 27 Enero, 2022

HORA: 12:00 AM

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