Poderes habilitantes para abrir sucesión
La ley a su alcance
CONSULTA: Buen día estimado Licenciado, saludos, espero se encuentre bien al lado de sus seres queridos. Unos esposos hicieron testamento donde de forma recíproca se nombraron herederos de sus bienes, además de igual forma se nombraron albaceas. Actualmente el señor falleció y la señora le otorgó un poder generalísimo sin límite de suma a uno de sus dos hijos, ¿puede este hijo con el testimonio del testamento y bajo el poder que ostenta acudir ante notario y abrir el sucesorio de su padre, donde los bienes se acreditarían a su madre y esta podría distribuirlos como quisiera? Gracias.
RESPUESTA: El poder otorgado le permitirá abrir la sucesión. Pero existen limitaciones al adquirir derechos por parte de ese apoderado que es, a la vez, presuntamente heredero, con lo que el poder solo faculta para abrir la mortual, pero no para ser albacea, o para proponer la cuenta partición, por un posible conflicto de intereses.
PERIODISTA: Redacción Diario Extra
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Viernes 14 Enero, 2022
HORA: 12:00 AM
CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales