Jueves 25, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Opinión

Pensión alimentaria: la voluntad del acreedor es inviolable

La ley a su alcance / Lic. Gerardo Morales

CONSULTA: don Gerardo, un vecino tiene la siguiente situación: los padres de este habitan en Guápiles, y todos los hijos e hijas viven en San José, excepto uno que vive también en Guápiles. El padre tiene una pensión de 130 mil colones, la mamá tiene pensión por un monto de 70 mil colones mensuales.

La señora tiene aproximadamente 83 años y el señor tiene 94 años, tienen casa propia. Como este mes se celebra el día del adulto mayor, llegó a visitarlos una trabajadora social, ella les pregunta si viven solos y ellos le dicen que sí, cosa que es cierta.

Les pregunta que si tienen hijos y le contestan que sí, que son 7. Ella recomienda que les pidan pensión alimentaria a todos los hijos.

Mi pregunta es si esto es posible, de pedirles pensión, aunque ellos ya tienen y por la CCSS, mi vecino tiene 64 años, no labora actualmente, o sea, no tiene ingresos, su esposa labora y está tratando de asegurarlo porque no cuenta con seguro, a la vez gestiona su pensión en la CCSS, pero le informaron que hasta el 2022 cumple la edad.

Licenciado, ¿es posible que se dé esta situación?, porque tengo entendido que pueden perder la pensión con la que ellos (los padres) cuentan en este momento.

Le felicito por todos los consejos, siempre leo todas sus opiniones legales, son de mucha ayuda, por eso consultamos a su persona. Saludos.

RESPUESTA: Dos personas adultas mayores con doscientos mil colones de entrada, pero sin pagar alquiler, pueden sacar la tarea con esfuerzo y economía. Lógico es que de esa plata deben pagar los servicios públicos, y en cuanto a la casa, deben hacer el trámite de exención de impuestos ante la municipalidad respectiva.

Comprendo la buena voluntad de la trabajadora social, pero debemos pensar en que esos 7 hijos deben tener sus propias obligaciones.

Yo no recomiendo una pensión porque puede dividir a la familia. Pero, en una reunión bien avenida, que distribuyan algunos gastos fijos en grupos o pares de hijos. Por ejemplo, que dos se encarguen de la luz, que otro pague el agua a medias, y así por el estilo.

Nadie puede obligar a otro a presentar proceso de pensión, pues se arriesga la paz familiar, y la salida que mencioné puede ser más beneficiosa.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Miércoles 27 Octubre, 2021

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA

ÚLTIMA HORA