La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) presentó una acción de inconstitucionalidad contra la ley que prohíbe las manifestaciones en los servicios públicos considerados como esenciales.
Hay que recordar que la Ley 9.808 fue promovida en especial por la bancada oficialista y por Liberación Nacional. Los diputados finalmente optaron por aprobarla en el Plenario durante enero de 2020.
POLÉMICA
Desde su aprobación, la norma generó una gran cantidad de controversia, ya que limitaba que los trabajadores del sector público, de los servicios como educación o salud por ejemplo, no pudiesen participar en movimientos de huelga, debido a que son considerados servicios esenciales para la población.
Desde entonces, los gremios cuestionaron la medida porque la consideran represiva y limita los derechos de los trabajadores a poder manifestarse.
“Con fundamento en la opinión consultiva de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) y la doctrina de los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el sindicato interpondrá una acción de inconstitucionalidad contra aquellas normas de la ley antihuelgas que impiden o restan fuerza a la huelga”, dijo el gremio mediante un pronunciamiento firmado por su presidenta Zaray Esquivel.
El sindicato solicita a la Sala Constitucional que declare la ley es ilegítima y se realice un control de convencionalidad sobre la opinión consultiva, a la cual dio respuesta la CIDH.
“Según los órganos de control de la OIT, la ley antihuelgas contiene abusivas restricciones, que no solo se oponen a la legislación internacional, sino que además vulneran la Convención Interamericana de los Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador”, argumenta el gremio.
ANTECEDENTE
Esta acción de inconstitucionalidad se suma a la lista de medidas que han tomado los grupos sociales para ejercer presión sobre los magistrados con el propósito de que se anule la normativa.
Anteriormente, la Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP) también interpuso dos recursos de igual medida ante la Sala IV.
Una de las acciones fue acogida por los magistrados para su análisis en abril. Desde esa ocasión se suspendió el dictado final de sentencias sobre las huelgas que realicen los trabajadores, debido a que la norma se encuentra impugnada, sin embargo esto no significa que la ley dejó de tener validez.
Con la ley no solo serían declarados ilegales los movimientos por parte de un juez, sino que tampoco se les pagaría a los empleados el día o los días que participen.
PERIODISTA: Mario Taboada
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Sábado 23 Octubre, 2021
HORA: 12:00 AM