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Diputados aprueban cáñamo y marihuana medicinal

En primer debate

Los diputados aprobaron, en primer debate, el proyecto de cáñamo y marihuana medicinal

Con 33 votos a favor y 13 en contra, los legisladores dieron trámite a la iniciativa que plantea la creación de una industria farmacéutica, terapéutica y alimentaria alrededor de los productos que resultan del cultivo de cannabis y cáñamo.

Además, busca que los consumidores nacionales e internacionales tengan acceso a productos médicos provenientes del cannabis.

Parte de los cambios que hicieron los parlamentarios al texto original es que se permitirá que las empresas obtengan una licencia para operar bajo el Régimen de Zonas Francas y, también, se aprobó que las actividades vinculadas al cannabis realizadas en zonas francas tengan que pagar un impuesto de un 1% sobre las utilidades.

Otra de las mociones aprobadas por los diputados es que las licencias para cultivo e industrialización de cannabis con fines médicos o terapéuticos se otorgarán por un plazo de seis años y podrán ser renovadas por periodos iguales, a solicitud del licenciatario y previa demostración de que cumple con todos los requisitos y obligaciones establecidas en esta ley, así como su reglamento.

El plazo de los permisos de investigación y el procedimiento para su renovación será regulado en el reglamento de esta ley, según el tipo de investigación de que se trate.

Igualmente, se debe contar con el aval del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) en lo que respecta a siembra, importación de semillas y de todas las regulaciones en materia de la fase industrial de los productos.
El texto de ley autorizaría el uso y aprovechamiento en el territorio nacional del cannabis psicoactivo con fines médicos y terapéuticos, exclusivamente para la realización con la producción, incluyendo la siembra, el cultivo, la cosecha, el almacenamiento y el transporte.

Así como la producción y la importación de semilla de variedades de cannabis psicoactivo para su venta como materia prima a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) o para la industrialización, fabricación y comercialización de productos de uso médico o de uso terapéutico en el territorio nacional; o para su exportación a terceros países donde se permite el comercio lícito de estos productos.

Caso similar será para la elaboración o industrialización, el almacenamiento y la comercialización de medicamentos, cosméticos, aceites esenciales y otros productos de uso médico o de uso terapéutico.

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

CRÉDITOS: Foto Archivo

EMAIL: [email protected]

Martes 19 Octubre, 2021

HORA: 04:37 PM

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