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Nacionales

Aprueban que licores patrocinen el deporte

En primer debate

Cualquier bebida con contenido alcohólico podrá patrocinar todo tipo de actividades

En un plazo no muy lejano cualquier equipo de fútbol de nuestro campeonato nacional podrá ser patrocinado por bebidas alcohólicas. 

Lo anterior porque la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate el expediente 21.745, el cual permite el patrocinio deportivo por parte de las empresas productoras, comercializadoras o distribuidoras de bebidas con contenido alcohólico a toda organización, entidad o persona dedicada a la práctica del deporte.

Dicho patrocinio podrá utilizarse en las marcas o nombres de bebidas con contenido alcohólico, en publicidad relacionada con el deporte, así como en vallas publicitarias en los estadios y gimnasios, rotulación de uniformes, medios de transporte utilizados para competencias y artículos deportivos de todo equipo, asociación, federación y liga deportiva. 

Asimismo, el texto señala que cualquier bebida con contenido alcohólico podrá patrocinar todo tipo de actividades, deportivas, recreativas o culturales.

Cabe señalar que el Ministerio de Salud tendrá a cargo la regulación y el control de todo tipo de publicidad comercial relacionada con la comercialización de bebidas con contenido alcohólico, efectuada por cualquier medio de comunicación a título gratuito o mediante pago. 

La única prohibición respecto al tema será el uso de marcas o nombres de bebidas con contenido alcohólico en publicidad, uniformes y actividades a menores de edad.

Un punto por considerar es que el texto de ley crea el “Fondo Nacional para el Financiamiento de los Deportes de Alto Rendimiento”, el cual destinará recursos para financiar a los deportistas de alto rendimiento.

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder) se encargará de la administración de los recursos del Fondo.

 

EL FONDO

 

La iniciativa, que impulsa la diputada María José Corrales, señala que el Fondo se financiará con recursos de las transferencias y donaciones de instituciones públicas o privadas, un impuesto que recaerá sobre los recursos pagados por contratos de servicios de publicidad, propaganda o patrocinio en actividades, eventos, artículos deportivos de las personas físicas o jurídicas que produzcan, comercialicen o distribuyan bebidas con contenido alcohólico.

El comité que administrará el Fondo destinará en forma exclusiva los recursos para la adquisición, contratación de bienes y servicios destinados a la construcción de infraestructura y equipamiento de inmuebles deportivos, así como la contratación de bienes y servicios, el equipamiento y logística de los deportistas que participen en el ciclo olímpico y no podrán utilizarse para gastos administrativos de ninguna índole.

Por otra parte, se establece un impuesto del 5% sobre los ingresos derivados de las actividades y eventos deportivos, artículos e implementos deportivos, de cualquier naturaleza, donde se brinde propaganda, publicidad y patrocinio de marcas, distintivos, emblemas o nombres de bebidas con contenido alcohólico, sin distinción del medio utilizado.

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

CRÉDITOS: Foto: Randall Sandoval

EMAIL: [email protected]

Miércoles 13 Octubre, 2021

HORA: 12:00 AM

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