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Sucesos

Mandan sospechoso de femicidio a prisión

Como medida cautelar en Liberia

  • Francis tenía 7 meses de embarazo y dos hijos de 6 y 3 años.

  • Ramírez Duarte debe cumplir prisión preventiva.

El sospechoso de un femicidio ocurrido en Liberia pasará los próximos doce meses en prisión preventiva.
Así lo determinó el Juzgado Penal de dicho cantón de Guanacaste, donde se impuso la medida cautelar contra el sujeto de apellidos Ramírez Duarte de 21 años.
La información la confirmó la Fiscalía Adjunta de Liberia, que consiguió que se impusiera dicha medida luego de que el sospechoso cometiera el presunto delito de femicidio en perjuicio de Francis León Miranda, quien estaba en gestación.
El Ministerio Público investiga los hechos que ocurrieron el 2 de setiembre anterior en el Barrio 25 de Julio en la Ciudad Blanca.
En primera instancia, el caso lo atendieron los oficiales de la Fuerza Pública, quienes recibieron una alerta por posible violencia doméstica.
Cuando los uniformados llegaron al sitio, hallaron a la joven sin vida en las escaleras de la vivienda de una amiga suya.
La mujer tenía una herida en su cuello que era incompatible con la vida.
Toda esta información la recabó la Fiscalía y la incorporó en el expediente número 21-002240-0060-PE.
“El caso se mantiene bajo investigación, en la etapa de recolección y análisis de prueba, por lo que, en apego al artículo 295 del Código Procesal Penal, no es posible brindar más detalles”, manifestaron en el Ministerio Público.

ESTRENA LEY

El caso se analizará con la nueva ley que amplía el concepto y las penas por el delito de femicidio, la cual se firmó el 23 de agosto pasado.
De esta forma, si se encontrara culpable a Ramírez por el hecho y se le condenara, podría recibir una pena mínima de 20 años de prisión.
Esto porque esta legislación establece la penalidad por el delito de femicidio desde 20 hasta 35 años de cárcel.
Por el contrario, si este hecho hubiese ocurrido antes de que se publicara la nueva ley, existía la posibilidad de una pena menor, incluso de ocho años.
Esto porque se le podía acusar de homicidio simple, cuya pena es de 8 a 15 años, o calificado, cuyo castigo ronda de 15 a 25 años de cárcel.
Esta reforma cobró relevancia, pues permitió ampliar el concepto de femicidio, ya que anteriormente solo se consideraba en este tipo penal los ataques en los que el asesino era el esposo de la víctima o su pareja en unión de hecho comprobable.

PERIODISTA: Sharon Cascante Lizano

CRÉDITOS: Fotos: Archivo

EMAIL: [email protected]

Martes 07 Septiembre, 2021

HORA: 12:00 AM

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