La Sala Constitucional solicitó al Viceministerio de la Presidencia y de Diálogo Social que se rindan cuentas sobre el protocolo que se utilizó para defender los derechos de las mujeres en medio de las protestas contra las negociaciones del préstamo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Hay que recordar que entre setiembre y octubre de 2020 varios grupos sociales como Mujeres en Lucha Social y el Movimiento Rescate Nacional se concentraron en protestas a lo largo del país, donde en varias de ellas se presentaron enfrentamientos entre manifestantes y la policía.
Uno de los enfrentamientos más recordados es el del 12 de octubre frente a Casa Presidencial, en esa ocasión el Ministerio de Seguridad Pública infiltró agitadores que terminaron desatando un conflicto con gases y piedras.
RESOLUCIÓN
Según determinó la Sala, el viceministro de Diálogo, Randall Otárola, deberá rendir cuentas sobre los procedimientos que se usaron para evitar lesionar los derechos de las mujeres que participaron en las protestas.
“En una votación unánime, le ordena al Viceministerio de la Presidencia en Asuntos Políticos y Diálogo Ciudadano, en un plazo de tres días desde la notificación de la sentencia, proporcionar los nombres de las mujeres detenidas, y los protocolos que se ejecutaron para garantizar sus derechos humanos, durante una protesta desarrollada en el 2020 contra las negociaciones del Gobierno con el Fondo Monetario Internacional”, comunicó la Sala.
ANTECEDENTE
Tal como lo informó DIARIO EXTRA el pasado 22 de abril, la Sala había acogido un recurso de amparo interpuesto por Rocío Ramírez, líder de la agrupación.
En él solicitaba a la Presidencia de la República y a las autoridades brindar explicaciones ante las medidas que ellos consideraron como “represivas”.
Dentro de los datos que el grupo de activistas solicitó se encuentra número exacto de mujeres detenidas, lugar donde se ejecutaron las detenciones, razones por las cuales fueron capturadas y los protocolos que se ejecutaron para garantizar los derechos humanos.
“Para las y los magistrados está claro que la gestión de la amparada tiene como fin procurar información para descartar o acreditar la aprehensión de mujeres, así como la verificación sobre eventuales violaciones a los derechos fundamentales”, determinó la Sala IV en el fallo emitido este martes.
PERIODISTA: Mario Taboada
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Miércoles 16 Junio, 2021
HORA: 12:00 AM