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Nacionales

Reglamento a Ley de Usura genera confusión

Consumidores de Costa Rica demanda claridad al MEIC

El nuevo reglamento que complementaría la Ley de Usura genera confusión entre los consumidores.

El nuevo reglamento que vendría a complementar la Ley de Usura está generando confusión entre los consumidores porque su redacción es poco clara.
Así lo denunció la Asociación Consumidores de Costa Rica, quien obligó al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) a hacer una aclaración, que de igual modo genera dudas.
DIARIO EXTRA intentó hablar con un vocero de esa cartera, pero la viceministra Ana Cristina Quirós no atendió las llamadas que hicimos a su celular y no pudimos contactar a nadie al cierre de edición.
Erick Ulate, presidente de Consumidores de Costa Rica, indicó que a como está el reglamento la tasa de usura se actualizaría hasta seis meses después de la publicación de la tasa por parte del Banco Central, lo que desde su perspectiva no se apega a lo que estipula la ley.
La discusión es en torno al artículo 6 del proyecto “Reglamento de las operaciones financieras, comerciales y microcréditos que se ofrezcan al consumidor”.
“Lo que está haciendo el MEIC es facultar a las entidades financieras a cobrar intereses más altos. Esto es gravísimo para toda la población endeudada, con el agua al cuello por la pérdida de trabajo y con serios problemas económicos familiares.
Esto es una agresión directa del gobierno de Carlos Alvarado y la ministra Victoria Hernández en contra de toda la gente de este país y de sus bolsillos”, manifestó Gilberto Campos, vicepresidente de Consumidores de Costa Rica.
La Asociación aduce que hizo las observaciones pertinentes en la consulta pública respectiva, las cuales no han sido contestadas. A su criterio, la protección del consumidor está ausente de la agenda de trabajo del MEIC, pese a que debería ser una prioridad.
“Partiendo de lo establecido en el derecho (Ley de Usura), todas las entidades financieras debieron ajustar sus tasas de interés a lo establecido en la nueva normativa, beneficiando con ello a miles de consumidores, sobre todo tarjetahabientes”, expresó Campos.

¿SEIS MESES DESPUÉS?

Asociación Consumidores de Costa Rica denuncia que el MEIC incumple con la función que la ley le da de proteger el bolsillo de los consumidores porque con este reglamento “tendremos que pagar más por nuestras operaciones con tarjetas de crédito”.
El artículo 6 de la propuesta del reglamento estipula: “Las tasas máximas serán calculadas por el Banco Central de Costa Rica, en la primera semana de los meses de enero y julio de cada año, y entrarán en vigencia a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta. Estas tasas deberán publicarse en la página web.
La tasa de interés calculada por el Banco Central de Costa Rica aplicará para los contratos, negocios o transacciones efectuados, formalizados o desembolsados en el semestre siguiente al de su publicación”.
Al respecto, el MEIC envió un comunicado en el que rechaza las conclusiones de la Asociación.
Manifestó que el Banco Central es quien por ley tiene la competencia de calcular y actualizar las tasas de interés máximas (conocida como tasas de usura), que deben respetar los proveedores de servicios de crédito.
En su explicación la viceministra Quirós afirma que el reglamento hace referencia a que a una transacción con una tarjeta crédito le resulta aplicable el límite máximo vigente de la tasa de interés en el momento que se efectúa el desembolso; es decir, cuando el consumidor usa la tarjeta y se hace efectivo el cargo.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Lunes 14 Junio, 2021

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