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Sucesos

Nuevo error fiscal deja libre sospechoso de violación

En juicio por ultrajes a hijastra de 10 años

El juicio se realizó en diciembre del 2018, pero un error fiscal llevó a una absolutoria del imputado

 

Un nuevo error de la Fiscalía deja en la impunidad a un sujeto, cuya identidad no trascendió, acusado de violar a su hijastra de diez años.
El Ministerio Público presentó en la pieza acusatoria una fecha equivocada sobre cuándo se dieron los ultrajes y pese a que trataron de corregir el error en el desarrollo del debate, el Tribunal Penal de San Carlos negó la solicitud.
Así consta en la resolución número 01176-2020 del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, emitida el 27 de noviembre del 2020, la cual confirmó la Sala Tercera en marzo pasado.
En el caso correspondiente al expediente 14-200182-0630-PE se dictó una sentencia absolutoria por duda para el imputado vecino de Guatuso de Alajuela.
El juicio contra el imputado inició con normalidad, pero cuando la representante del Ministerio Público leyó el documento acusatorio se percató de que las fechas que señalaba el escrito no correspondían al tiempo en el cual la víctima y su madre dijeron que se dieron los hechos.
Según consta en las resoluciones, de inmediato la fiscala quiso hacer una corrección material del desacierto, pero el Tribunal de Juicio lo rechazó. Pese a esto el juicio continuó con normalidad, pero al final se dictó una absolutoria por el principio in dubio pro reo.

APELACIONES

El Ministerio Público apeló dicha sentencia absolutoria, pero el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de San Ramón les dio la razón a los jueces sancarleños, recalcando que el error del ente fiscal no se podía corregir.
En un último intento por corregir el error, la Fiscalía elevó el caso con un recurso de casación a la Sala Tercera.
No obstante, el pasado 5 de marzo los magistrados lo declararon inadmisible, por lo cual el expediente debe archivarse.

LOS HECHOS

Los hechos de este caso se remontan al año 2009 en El Carmen de Guatuso, Alajuela, pero la denuncia la presentaron en el 2014. Mientras que el juicio se realizó en diciembre del 2018.
En el expediente 14-200182-0630-PE se explica que las violaciones sucedieron luego de que la mamá de la menor se casó con el sujeto.
La víctima narró a las autoridades en el debate que ella nació el 31 de marzo de 1999 y comenzó su convivencia con el hombre en el 2003 cuando tenía cuatro años.
La relación de la madre de la víctima y el sujeto continuó hasta el 2011, cuando la niña cumplió 12 años.
También explicó que fue estudiante de kínder y a los seis años, es decir en el año 2005, empezó la escuela, aclarando que nunca repitió ningún año.
En la denuncia señaló que el individuo la violó en dos ocasiones cuando tenía entre 10 y 11 años, lo cual ubicaría los hechos entre marzo del 2009 y marzo del 2011, aunque no precisó fecha exacta ni año.
En el juicio, la joven víctima aportó nuevos elementos, tales como que los hechos ocurrieron cuando estaba en cuarto grado, lo cual coincide con el año 2009 y que entre el primer y el segundo ultraje transcurrió una semana.
Los jueces de San Carlos indicaron que esto significa que las violaciones se podían ubicar en tiempo y espacio después de marzo y antes de diciembre del 2009.

NUEVA PIFIA

En la acusación, que es el documento en el que se deben atribuir los cargos que se le imputan a una persona y los cuales deben demostrarse en el proceso penal, el Ministerio Público ubicó las dos violaciones señalando que ocurrieron “sin precisar fecha entre los años 2010 y 2011”.
La fiscala en el juicio pidió al Tribunal corregir de la siguiente manera: “los hechos ocurrieron sin determinarse fecha exacta, pero en el periodo comprendido entre el 31 de marzo del 2009 y el 30 de marzo del año 2011”.
El cambio solicitado en el debate fue motivo de protesta para el defensor del imputado, que alegó que dejaban a su cliente en indefensión, pues se estaba variando en tiempo, modo y lugar la acusación, lo cual no se permite durante la etapa de juicio.
La queja del defensor la acogieron los jueces del Tribunal, conformado por Marlen Vega, Blanca Salas y Luis Fernando Calderón, por lo que no se acogió la variación de la fecha en la acusación.
En el debate, los jueces le dieron credibilidad completa a los testimonios dados por la víctima y su madre, esto significa que verificaron que las violaciones si se dieron, pero dictaron la absolutoria por duda porque debe existir siempre una correlación entre la acusación y la sentencia, y el Ministerio Público no acusó las violaciones ocurridas en el 2009.

 

 

 

PERIODISTA: Sharon Cascante Lizano

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Miércoles 31 Marzo, 2021

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