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Nacionales

Sanción a exesposos y novios por femicidios

Pena de 20 a 35 años acaba con vacío legal

El año pasado se registraron 19 femicidios en el país. (Foto: Archivo)

Por unanimidad de 43 diputados, el Congreso aprobó este lunes en primer debate un proyecto de ley que busca ampliar el margen de sanción cuando ocurra un femicidio y que no se restrinja únicamente en una relación de matrimonio o unión de hecho.

La ley establece hasta 35 años de cárcel cuando un hombre mate a una mujer, pero eso solo se aplica cuando el masculino sea esposo o bien si existió una unión de hecho con la víctima.

Con esta reforma, se amplía el margen de sanción cuando exista un vínculo de pareja, ya sea desde noviazgo, convivencia o incluso aunque haya mediado divorcio, separación y ruptura.

“Con esto se incluyen muchos casos que no son contemplados en la ley, por ejemplo, si un hombre mata a su pareja, pero como no han cumplido los tres años de convivencia que dice el Código de Familia para que se considere unión de hecho, no se considera femicidio”, explicó el frenteamplista José María Villalta.

También se da el caso de que el asesino era exnovio de la fémina, pero la sanción sería menor, porque no se considera un femicidio, o igual si se tratara del exesposo de la víctima.  

“Así de absurdo es el marco legal actual, ese crimen evidentemente es un femicidio y el reflejo de la violencia de género”, enfatizó el frenteamplista.

 

VACÍO LEGAL

 

Con esto se cierra el portillo y un vacío legal que habilita aplicar todo el peso de la ley en este tipo de crímenes. Dicha iniciativa la impulsa la diputada del Partido Liberación Nacional (PLN) Aida María Montiel.

El proyecto reforma los Artículos 1, 2, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 29, 30, 31, 34, 35, 36 y 37 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres No. 8589 del 25 de abril de 2006 y sus reformas, con los cuales se establece de manera integral el delito de femicidio.

“La violencia contra las mujeres les impide alcanzar su realización personal, profesional y su pleno desarrollo y hoy (ayer) que celebramos el Día Internacional de la Mujer y por unanimidad logramos aprobar en primer debate esta iniciativa”, comentó Montiel.

“Se recurrió a un concepto de relación de pareja más amplio para incluir otras circunstancias en las que las mujeres están siendo agredidas por su condición de género, a manos de otra persona con la que se tenía en ese momento o se tuvo en el pasado algún nivel de relación o vínculo de pareja”, explicó por su parte la diputada del Partido Acción Ciudadana (PAC) Nielsen Pérez, quien preside la Comisión de la Mujer donde el proyecto fue dictaminado y cuyo despacho trabajó en el mejoramiento del texto aprobado.

“Incluir a las exparejas es un avance fundamental, pues es durante las rupturas o después de que culminan las relaciones de pareja cuando dolorosamente ocurren muchos asesinatos de mujeres. Que la Ley que penaliza los femicidios no contemplara esto es un grave error que debemos rectificar ante las mujeres de este país", agregó Pérez.

 

Así queda el castigo por femicidio

 

“Se le impondrá pena de prisión de 20 a 35 años a quien dé muerte a una mujer con la que mantenga o haya mantenido una relación o vínculo de pareja, sea matrimonial, unión de hecho, noviazgo, convivencia, de no convivencia, casual u otra análoga, aun cuando medie divorcio, separación o ruptura, siempre que la conducta no constituya un delito más grave o previsto con una pena mayor”.

 

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

EMAIL: [email protected]

Martes 09 Marzo, 2021

HORA: 12:00 AM

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