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Nacionales

Ejecutivo viola derecho de ticos a trasladarse

Consumidores de C.R. mete amparo contra cuarentena vía terrestre

  • Este es el recurso de amparo interpuesto. (Foto: Cortesía)

  • Erick Ulate, presidente de Consumidores de Costa Rica. (Foto: Cortesía)

 

 

La Asociación de Consumidores de Costa Rica presentó un recurso de amparo contra el gobierno de Carlos Alvarado al considerar que la medida de cuarentena obligatoria de 14 días para los nacionales que atraviesen la frontera vía terrestre viola la Constitución Política.
Específicamente aseguran que el gobierno viola el artículo 22 de la Carta Magna, el cual es claro al indicar que “todo costarricense puede trasladarse y permanecer en cualquier punto de la República o fuera de ella, siempre que se encuentre libre de responsabilidad, y volver cuando le convenga”.
Además el artículo en cuestión establece que “no se podrá exigir a los costarricenses requisitos que impidan su ingreso al país”.

DISCRIMINACIÓN

Pero la Asociación de Consumidores de Costa Rica también cree que la Presidencia es discriminatoria en contra de las personas que atraviesan la frontera en bus o en carro, no así en contra de los que tienen la plata para comprar un tiquete de avión.
Se trata del artículo 33 de la Constitución, que es claro al señalar: “Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana”.
“Consideramos que es absurdo que una persona que ingrese por vía terrestre, siendo costarricense, se le imponga la exigencia de cumplir con la cuarentena de 14 días, pero si esa misma persona se monta en un avión e ingresa por esa vía por territorio nacional, entonces no tiene que cumplir la cuarentena.
Lo que vemos es que la medida está dirigida no hacia la persona, sino hacia el medio de utiliza para entrar al país, lo cual no tiene mayor sentido en efecto de controlar posibles contagios por la pandemia”, denunció Erick Ulate, presidente de Consumidores de Costa Rica.
Agregó: “Lo que debería establecerse es un mecanismo único para todos tomando en cuenta a la persona, no al medio de ingreso al país. El problema es que se está tomando en cuenta el medio de transporte.
Reitero es absurdo que un costarricense que viva en Nicaragua y necesite ver a su familia, que vive en territorio nacional, si ingresa por vía terrestre tiene que hacer cuarentena y por vía aérea no. Es completamente ilógico”.
Ulate agregó que el Estado costarricense está vulnerando la Carta Fundamental al poner trabas a los nacionales, lo que el artículo 22 constitucional tutela.

¿ESTUDIOS TÉCNICOS?

El recurso de amparo se interpone en momentos que la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) por medio de su presidente Alexander Solís anunció que la medida se extenderá por todo el mes de marzo.
Ante la consulta de DIARIO EXTRA sobre cuáles son los estudios técnicos que fundamentan la disposición, Solís se quedó en blanco y debió pedirle a Daniel Salas, ministro de Salud, que lo auxiliara.
Lo anterior quedó grabado en la conferencia de prensa del lunes 22 de febrero ante la insistencia de El Diario del Pueblo para que el gobierno expusiera las razones técnicas y claras de por qué en avión se entra al territorio nacional como Pedro por su casa y en carro o bus ponen trabas.
En otras palabras, como lo dio a conocer El Periódico de Más Venta en Costa Rica: “El rico hace lo que quiere, el pobre lo que puede”.
Al respecto y en medio de una total improvisación, el ministro Salas justificó: “En realidad este tema de la cuarentena y porque se toma como obligatoria en el momento de venir por tierra, recordemos, o sea que uno tiene que tomar en cuenta la realidad de todo lo que está pasando al ingreso por tierra, no solamente vienen de los países vecinos, sino que también vienen de otros países y de un recorrido muy largo, y vienen incluso en unas condiciones sanitarias muy precarias, y eso representa un riesgo considerable para la transmisión”.

¿QUÉ DICE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA?

Artículo 22.- Todo costarricense puede trasladarse y permanecer en cualquier punto de la República o fuera de ella, siempre que se encuentre libre de responsabilidad, y volver cuando le convenga. No se podrá exigir a los costarricenses requisitos que impidan su ingreso al país.

Artículo 33.- Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana.

Fuente: Constitución Política.

 

 

 

PERIODISTA: Marco Antonio González

EMAIL: [email protected]

Sábado 27 Febrero, 2021

HORA: 12:00 AM

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