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Vida

¡Ojo con el grooming!

• Acosadores atacan mediante redes sociales con perfiles falsos

El grooming se da con más facilidad actualmente por medio de cuentas falsas en redes sociales, y podría poner en peligro la integridad de los menores

 

 

 

El acoso sexual es un fenómeno que se ha multiplicado con la llegada de las redes sociales, ya que mediante una cuenta falsa en Facebook, Instagram, Tik Tok o hasta por correo, personas inescrupulosas podrían entablar relaciones inadecuadas con menores de edad para ganar su confianza y finalmente valerse de la manipulación para cosas mucho peores.

DEFINICIÓN
El viceministro de Telecomunicaciones, Teodoro Willink, explicó que en este fenómeno el acosador busca generar un vínculo con el menor para finalmente obtener lo que desea.
“Es aquella práctica que utiliza una persona mayor de edad que se hace pasar por un niño, niña o adolescente en el entorno virtual, con el fin de generar una relación de confianza con una persona menor de edad, para lograr un contacto sexual en línea o fuera de línea”, comentó Willink.
La persona que practica el grooming es conocido como “acosador” o “groomer” y generalmente solo ataca a menores de edad.

CONSECUENCIAS
Por lo general el comportamiento de un niño o adolescente cambia cuando está siendo víctima de grooming, ya que se torna distinta su forma de relacionarse con los demás.
Según el viceministro, estos podrían ser algunos de los cambios que los padres podrían observar para sospechar de un posible acoso virtual:
Problemas para dormir y pesadillas.
Cambio en hábitos de comida.
Ansiedad, temores, culpa, vergüenza, depresión y agresividad.
Baja en el rendimiento académico.
Baja autoestima y aislamiento social.
Problemas en el aprendizaje, atención y concentración.
Enfermedades, dolor, malestar físico.
Conductas sexualizadas precoces para su edad, juegos sexuales.
Evita hablar sobre su actividad online.

SANCIÓN
En Costa Rica, la práctica del grooming es un delito e inclusive puede ser sancionada con hasta 3 años de cárcel, según el artículo 167 del Código Penal.
“Será reprimido con prisión de uno a tres años a quien, por cualquier medio, establezca comunicaciones de contenido sexual o erótico, ya sea que incluyan o no imágenes, videos, textos o audios, con una persona menor de quince años o incapaz”, cita el artículo.
Es más grave aún que un groomer acuerde verse con un menor de edad en un sitio para tener algún contacto sexual, ya que, según la ley, la pena de prisión podría aumentar hasta 4 años.

¿CÓMO OPERAN?
Según Willink, hay varios aspectos que permiten conocer la manera en la que actúa un acosador virtual.
“Inician dedicando gran parte de tiempo a buscar información de la persona menor de edad, a través de las redes sociales, para contactarla e iniciar el contacto por esa vía”, explica el viceministro.
El experto menciona que el “groomer” se hace pasar por un menor de edad similar a la víctima, les hacen entrar en confianza mediante una conversación, donde solicitan fotos y videos cortos a cambio de algo o bajo amenazas.
“El objetivo en la gran mayoría de los casos es llegar al contacto físico, por lo que es muy importante hablar con las personas menores de edad, conocer con quién conversan y quiénes son sus contactos en las redes sociales”, concluye Willink.

 

 

 

PERIODISTA: Mario Taboada

CRÉDITOS: Fotos: AFP

EMAIL: [email protected]

Miércoles 27 Enero, 2021

HORA: 12:00 AM

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