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Nacionales

IVA del 15 de enero se declara distinto

Inconsistencias podrían traerle multas

Para realizar el cálculo de la proporcionalidad el contribuyente deberá tener a mano la información de los montos de las operaciones de venta.

Los contribuyentes deberán presentar su declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente al mes de diciembre 2020; sin embargo, esta tiene una particularidad: se tiene que realizar el cálculo de la proporcionalidad e incluir este dato en su declaración.
Cuando una compañía adquiere bienes o servicios de distintos proveedores se genera un crédito fiscal por el IVA de dicha compra que puede utilizarse contra el débito fiscal proveniente del impuesto de sus ventas.
No obstante, si la empresa vende bienes o servicios gravados con diferentes tarifas de IVA y realiza operaciones exoneradas, deberá realizar el cálculo de la proporcionalidad a fin de utilizar correctamente el crédito fiscal.
De acuerdo con Carlos Vargas Alencastre, CEO de TPC Group, firma especializada en Estudios de Precios de Transferencia, calcular correctamente la proporcionalidad del IVA es sumamente importante, ya que en la declaración de diciembre se hace una liquidación definitiva del crédito fiscal proporcional.
En esta se observará si hay diferencia o no con la determinación de la proporcionalidad provisional realizada en el transcurso del año.
“Si se realiza un mal cálculo de la proporcionalidad, podría resultar para el contribuyente en un mayor impuesto a pagar, o en caso contrario se estaría tomando un saldo a favor que no corresponde, lo que podría traerle multas”, comentó.
Para realizar el cálculo de la proporcionalidad, el contribuyente deberá tener a mano la información de los montos de las operaciones de venta con derecho a crédito pleno, el total de sus operaciones de venta y las de tarifa reducida, más aquellas sin derecho a crédito y el total de sus compras con el impuesto soportado por estas.
Para el experto, el cálculo de la proporcionalidad tiene un cierto grado de complejidad, pues requiere de varios pasos y de conocimiento de la norma que rige el Impuesto al Valor Agregado, por ello es sumamente importante que lo realice un especialista a fin de que no se generen errores en la determinación del IVA.
Por ejemplo, para calcular la proporción aplicable a las operaciones con 13% de IVA la fórmula consiste en dividir el monto de las operaciones con derecho a crédito entre el monto total de las operaciones de venta, y luego hay que multiplicarlo por 100, con lo cual se obtendrá la proporción de crédito pleno a dos decimales.
Luego la proporción indicada se multiplica por el impuesto soportado en las adquisiciones de bienes y servicios realizadas, dando como resultado el crédito aplicable.
Algo similar ocurre cuando las operaciones están con un IVA diferenciado de 8%, 4%, 2%, y 1% y para aquellas que tienen una exoneración del impuesto. Hay una fórmula para cada una.
“Durante el 2020 se han realizado cálculos provisionales de la proporcionalidad basados en el factor determinado en diciembre del 2019. Debido a esto, en el cálculo final de diciembre de 2020 puede haber diferencias, si esta resulta en un mayor crédito fiscal que se debió utilizar entonces el contribuyente tendrá un saldo a favor, pero si resulta que la proporción de crédito fiscal era menor, entonces tendrá un mayor impuesto que pagar”, señaló Vargas Alencastre.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Viernes 08 Enero, 2021

HORA: 12:00 AM

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