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Nacionales

Cambian forma de registrar pequeñas empresas

Únicamente se requerirá una declaración jurada

Para la solicitud del Registro Pyme debe inscribirse únicamente como usuario y descargar el formulario

Como parte de las acciones de simplificación de trámites y en el marco del Decreto ejecutivo No.41795-MP-MEIC, las empresas que deseen registrarse como pymes podrán hacerlo por medio de una declaración jurada.

Ya no tendrán que adjuntar los documentos que actualmente se solicitan, como son la última declaración de renta y el recibo del pago de la póliza de riesgos de trabajo.

Para la solicitud del Registro Pyme debe inscribirse como usuario en https://www.siec.go.cr y descargar el formulario, que funciona como declaración jurada. 

En el proceso de registro el sistema le pedirá que adjunte los comprobantes de los requisitos adicionales, para lo cual deberá anexar un documento en blanco, en caso contrario el sistema no le permitirá continuar. 

Si el usuario requiere una renovación del registro debe realizar el mismo proceso y en caso de contar con firma digital puede hacerlo en MEIC Directo: https://meicdirecto.bccr.fi.cr/sitio/MEICDirecto/Inicio

La solicitud de constancias pyme se realiza por medio del correo electrónico [email protected] y una vez solicitada el MEIC tiene tres días para el respectivo envío digital. 

“Esta acción es vital en el marco de las acciones de la emergencia sanitaria, que buscan ser un apoyo para la reactivación económica, la generación de empleo, fomento al emprendimiento y crecimiento económico”, dijo Victoria Hernández, ministra de Economía. 

Es importante destacar que le corresponderá a la Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa (Digepyme) la verificación posterior de los datos consignados en la declaración jurada, a fin de asegurar la veracidad de la información. 

En caso de que se confirme algún incumplimiento de los requisitos que dieron origen al otorgamiento de la condición pyme, según el debido proceso, se procederá con la revocatoria y se tomarán las medidas correspondientes que indica la ley. 

Se realizaron cambios que incluyen una reforma en los valores de referencia de las variables que componen la fórmula para definir si la empresa es micro, pequeña o mediana.

Estos valores implican una actualización en los datos de ventas netas, activos fijos y totales, así como la cantidad de empleados en los sectores de comercio y servicios.

La principal variación para que la empresa califique como pyme se presenta en el total de empleados en los sectores comercio y servicios, pasando de 30 a 100, indicó el MEIC.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Sábado 15 Agosto, 2020

HORA: 12:00 AM

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