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Nacionales

Helicóptero podría ser decomisado

Carlos Alvarado lo usó en viaje

Antes era azul y ahora es blanco el helicóptero utilizado por el mandatario

El helicóptero que trasladó al presidente Carlos Alvarado Quesada y a la primera dama Claudia Dobles Camargo de Guanacaste a San José tras sus polémicas vacaciones podría ser decomisado por el Ministerio de Hacienda.

¿La razón? Dicha aeronave TI-AZF, modelo R-66, marca Robinson, fue registrada en el país para uso privado y no comercial.

Eso les permitió a sus propietarios de la Sociedad Anónima Viajes Especiales Aéreos (Veasa), la cual preside Francisco Javier Quirós Ramos de Anaya, quien a su vez es la cabeza de Grupo Purdy Motor, que el helicóptero no pagara impuestos debido a una especie de escudo fiscal.

Sin embargo, la Ley General de Adunas es clara en indicar que ese escudo puede perderse al momento de utilizar el vehículo para un fin distinto al que fue registrado.

Es decir, su fin habría cambiado cuando el ministro André Garnier Kruse le cobró la mitad del viaje de regreso al presidente Alvarado, lo cual a todas luces supone lucrar con el helicóptero.

Según la propia Casa Presidencial, “el viaje de regreso, a tempranas horas de este lunes, fue realizado en una aeronave de la empresa Veasa y tuvo un costo de $1.627,20”.

El gobierno dice que el 50% del costo corrió por cuenta del presidente Alvarado, “pues el señor Garnier pagó la mitad que le correspondía por él y su esposa, es decir una suma igual”.

El artículo 166 de la normativa en cuestión establece en cuanto a la ejecución de garantías: “La autoridad aduanera ejecutará las garantías cuando haya transcurrido el plazo otorgado sin que se haya demostrado la reexportación o el depósito para la importación definitiva de las mercancías o cuando se le haya dado un fin distinto del solicitado, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. De no haberse rendido garantía, la autoridad aduanera exigirá el cumplimiento de la obligación tributaria aduanera mediante los procedimientos que establece esta ley”.

Pero el debate no solo se genera por ese lado. ¿Cuándo fue nuevamente inscrita la aeronave? ¿Está vigente ese escudo fiscal de acuerdo a la ley? Y en caso de no ser así, ¿cuánto han pagado a la fecha por concepto de impuestos?

Y es que el reglamento de la Ley General de Adunas en su artículo 452 se refiere sobre la importación temporal de naves o aeronaves de transporte colectivo.

“Las naves o aeronaves dedicadas al transporte colectivo de turismo recreativo podrán permanecer bajo el régimen de importación temporal, hasta por el plazo de seis meses el cual podrá ser prorrogado siempre que no exceda del plazo de un año”.

A lo anterior se suma que DIARIO EXTRA supo que dicha aeronave fue al parecer traída al país en 2011 y en aquel momento solo pagó ¢1.546 por importación temporal, es decir han pasado 9 años.

Además, se estima que se habría declarado por un valor de $72.500, cuando un helicóptero Robinson R66 tiene un precio en el mercado de $790.000 (¢470 millones).

PERIODISTA: Marco Antonio González

EMAIL: [email protected]

Miércoles 12 Agosto, 2020

HORA: 12:00 AM

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