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Nacionales

Corte encara a Contraloría

Por interpretaciones de reforma fiscal

  • Fernando Cruz Castro, presidente del Poder Judicial

  • Esta es la gestión interpuesta

Fernando Cruz Castro, presidente del Poder Judicial, presentó este lunes ante la Sala Constitución una gestión de incumplimiento en contra de la Contraloría General de la República (CGR).

En la Corte consideran que el ente contralor no ha acatado lo dispuesto en el voto 2018-019511 del Alto Tribunal Constitucional en relación con la hoy Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

En el Poder Judicial han insistido en que los beneficios salariales como anualidades y carrera profesional para sus funcionarios están cobijados no solo en la Ley de Salarios del Poder Judicial, sino en la Ley Orgánica de la institución y el Estatuto. 

Es decir, el plan fiscal no tiene injerencia y bajo ese contexto a un funcionario judicial no se le pueden afectar sus derechos, ya que se estarían violentando situaciones jurídicas subjetivas, como lo son los actos administrativos, reglamentos o contratos establecidos.

Pese a lo anterior, la Contraloría ha insistido todo lo contrario al señalar que el plan fiscal también cobija a la Corte. Para Cruz, esa interpretación iría contra lo señalado por la Sala Constitucional.

“Como presidente de la Corte Suprema de Justicia, estimo que lo que la Sala Constitucional resolvió en dicho voto debe ser respetado, como toda resolución de la jurisdicción constitucional. Además, lo que la Sala Constitucional resolvió en dicho voto indica claramente cómo se debe preservar la materia referida a la organización y funcionamiento del Poder Judicial”, señala el documento firmado por Cruz.

Agrega: “Desde diciembre del 2019 se vienen dando una serie de actuaciones por parte de la Contraloría que violentan lo indicado en dicho voto, me corresponde plantear esta gestión de desobediencia”.

En el documento de 19 páginas, Cruz pide a los magistrados constitucionales que dé trámite a la gestión, se resuelva la solicitud y se constate la desobediencia del ente contralor. Además, que se proceda a anular los oficios de la Contraloría, que indicaban que el personal de la Corte debía ajustarse a lo dispuesto al plan fiscal.

Por ejemplo, el 20 de diciembre anterior, la CGR ordenó a la Corte aplicar lo dispuesto en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas en relación con los ajustes en empleo público.

Entre esas acciones destacaba que incentivos como anualidades debían empezar a pagarse de forma nominal y no porcentual. Además, de los eventuales rebajos en cuanto a la dedicación exclusiva.

 

¿QUÉ ORDENÓ LA CONTRALORÍA?

 

Tal como publicó DIARIO EXTRA en su edición del sábado 21 de diciembre, la CGR ordenó a Cruz girar las instrucciones internas correspondientes para implementar los ajustes salariales necesarios para que todos los empleados del Poder Judicial sean sometidos a lo establecido en la Ley de Fortalecimiento de la Finanzas Públicas en materia de remuneraciones.

En este sentido, el Título III de dicha Ley especifica las nuevas reglas que entran a regir en materia salarial como lo son los pluses: dedicación exclusiva, el tope del auxilio de cesantía, el porcentaje reconocido por concepto de anualidades, el pago de la carrera profesional y lo referente a la prohibición.

También se agrega que se efectuarán evaluaciones de desempeño a todos los funcionarios.

Lo anterior a pesar del acuerdo adoptado el 18 de marzo anterior por la Corte Plena, que señaló que las nuevas pautas de la reforma fiscal eran aplicables a los nuevos funcionarios o los que reingresen a la institución, más no así a aquellos que en la actualidad mantienen una relación de servicio con dicho poder de la República, para lo cual alegó la existencia de derechos adquiridos de buena fe.

“(…) Se ordena al señor Fernando Cruz Castro en su calidad de presidente de la Corte Suprema de Justicia o a quien en su lugar ocupe el cargo: a) Hacer del conocimiento de los miembros de la Corte Plena la emisión y contenido de la presente orden.

b) Girar las instrucciones a las instancias internas competentes del Poder Judicial para asegurar la aplicación del Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N.° 9635, en las condiciones, términos y plazos establecidos en dicha norma, para la totalidad de los funcionarios del Poder Judicial sin distingo de la fecha de incorporación, así como definir los mecanismos de seguimiento para asegurar dicho cumplimiento”, se desprende del oficio DFOE-PG-0739.

 

 

 

PERIODISTA: Marco Antonio González

EMAIL: [email protected]

Martes 11 Agosto, 2020

HORA: 12:00 AM

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