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Nacionales

Carta para circular con restricción vehicular vence cada 2 meses

Nuevas medidas iniciaron hoy.

  • Así debe ser el documento.

Desde este sábado 1 y hasta el domingo 9 de agosto se dará una fase de apertura en los cantones de alerta naranja. Tal y como se informó se cataloga así a los territorios con muchos casos del nuevo coronavirus causante de la Covid-19 o con riesgo de dicha situación.

Por lo tanto los vehículos podrán circular de lunes a domingo de 5 a.m. a 5 p.m., pero los lunes no circulan las placas 1 y 2, los martes las terminadas en 3 y 4 y los miércoles las correspondientes a 5 y 6.

Asimismo, los jueves las 7 y 8, los viernes las 9 y 0, los sábados la 0, 2, 4, 6, 8 y 0 y los domingos las 1, 3, 5, 7 y 9. De modo que si usted debe desplazarse por motivos de trabajo requiere portar la carta de excepción a la restricción vehicular sanitaria cuya vigencia es de dos meses.

“Una vez transcurrido dicho plazo, la carta deberá renovarse para garantizar su validez, según el decreto 42485-MOPT-S. Asimismo, se autoriza al portador a presentar a las autoridades de tránsito dicho comprobante en físico o digital. También, se establece la obligación de presentar el carné institucional o empresarial, adicional a la carta de excepción.

Por otra parte, en el caso de las personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias que están establecidas como restringidas”, ampliaron en un comunicado de prensa.

Las disposiciones se establecen de acuerdo al decreto 42485-MOPT-S, el cual reforma los decretos ejecutivos 42253-MOPT-S del 24 de marzo de 2020, 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020 y 42484-MOPT-S del 17 de julio de 2020.

Lea más detalles sobre esta y otras noticias en la edición impresa de DIARIO EXTRA del próximo lunes 3 de agosto.

PERIODISTA: Laura Morales

EMAIL: [email protected]

Sábado 01 Agosto, 2020

HORA: 10:43 AM

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