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Nacionales

Asamblea podrá sesionar de forma virtual

*Diputados aprueban reforma al reglamento ante situaciones excepcionales como la pandemia.

Los diputados podrá sesionar y aprobar proyectos de ley mediante una sesión virtual según la reforma aprobada este lunes al reglamento legislativo. (Foto: Cortesía).

Cuatro meses después del inicio de la pandemia por Covid-19, los diputados aprobaron una reforma al reglamento que les permitirá sesionar de forma virtual precisamente cuando se presenten situaciones excepcionales como la que vive el país en estos instantes.

El proyecto lo impulsó la diputada liberacionista Ana Lucía Delgado, quien lo presentó en abril pasado con el expediente 21.903.

Con esta reforma se agrega los artículos 32 bis y 32 ter al reglamento legislativo, los cuales habilitan el desarrollo excepcional de sesiones virtuales del pleno y de comisiones e incluso la reunión de jefes de fracción, siempre que exista interacción integral, multidireccional y en tiempo real entre los miembros del órgano y todos aquellos que participen de la sesión.

Es decir que, en el caso del Plenario, además del quórum mínimo de reglamento de 38 legisladores debe cada uno contar con la conexión necesaria para tener voz y voto.

Se deberá garantizar el carácter público de los debates, así como la identificación plena de los diputados, junto con la confiabilidad de la información y deliberación.

El proyecto recibió también el aval de la Sala Constitucional, donde cabe señalar que los magistrados resaltaron que se debe contar con el acceso a una barra del público virtual y una barra de prensa virtual.

“Este proyecto representa una de las reformas más importantes al Reglamento de la Asamblea desde su promulgación en noviembre de 1961 ya que significa un cambio estructural en la dinámica legislativa y en el proceso de formación de la ley”, dijo la diputada liberacionista.

PROCESO

Los diputados tienen la responsabilidad en caso de aprobarse una sesión virtual de “estar ubicado en un lugar que disponga de los medios adecuados para estar debidamente conectado al medio tecnológico y estar visible, disponible y atento durante todo el tiempo que dure la sesión virtual”.

La Administración deberá proveer de los dispositivos y del medio tecnológico necesarios para el correcto desarrollo de la sesión.

El proyecto del texto señala: “cuando un diputado no esté debidamente conectado al medio tecnológico o no cumpla con los deberes establecidos, se deberá considerar como ausente”.

Se dispone que en la votación se habilite mediante un medio tecnológico, pero si no es posible “cada diputado podrá ejercerlo expresando su voluntad con su voz”.

“Se deberá consignar en el acta la aprobación o el rechazo y se registrará el nombre de cada legislador y legisladora junto con su respectiva votación individual”, indica el texto aprobado.

TRANSITORIO

La administración tendrá el plazo de un mes para establecer e implementar los mecanismos electrónicos necesarios que garanticen el desarrollo excepcional de sesiones virtuales y los protocolos de seguridad digital, verificación e identidad del usuario, grabación, conservación y soporte de manera adecuada y segura.

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

EMAIL: [email protected]

Martes 14 Julio, 2020

HORA: 11:26 AM

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