Domingo 05, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

Jueces pueden negarse a casar parejas LGTBI

Sala IV aclara que solo los nombrados antes del 26 de mayo 2020

El matrimonio igualitario en Costa Rica rige desde el pasado 26 de mayo

Diario Extra · N - JUECES ACTUALES PUEDEN NO CASAR PAREJAS HOMOSEXUALES

La Sala Constitucional dio luz verde a los jueces actuales, nombrados antes del 26 de mayo del 2020, de cobijarse en el principio de objeción de conciencia para no casar parejas del mismo sexo. 

El máximo Tribunal acogió un recurso de amparo presentado por el juez Francis Porras León. 

En el caso de los nuevos jueces no pueden alegar esa objeción de conciencia en relación con los matrimonios igualitarios. 

La sentencia fue de 5 a 2 votos, la posición de la mayoría estuvo a cargo de los magistrados Fernando Castillo, Nancy Hernández, Luis Fernando Salazar, Jorge Araya García y Alejandro Delgado. 

En el caso de los magistrados Paul Rueda y Marta Esquivel Rodríguez salvaron el voto y declararon sin lugar el recurso. 

Porras alega que hubo un acuerdo por parte del Consejo Superior del Poder Judicial que se emitió por medio de la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en donde se determinaba que los encargados de analizar los trámites para una relación igualitaria no podían acudir a la objeción de conciencia. 

“La mayoría de este Tribunal considera que el hecho de que un juez que plantee una objeción de conciencia en un tema que, desde el punto de vista religioso resulta de la mayor envergadura, no significa que se esté discriminando a una persona determinada”, resume el voto. 

En el voto se establece que debe ser el Consejo Superior del Poder Judicial el encargado de adoptar las medidas necesarias para que a las parejas homosexuales se les brinden las mismas condiciones de casamiento a una heterosexual. 

DISCRIMINACIÓN

 

Marco Castillo, presidente de la Organización Interseccional Pro Derechos Humanos, dijo a DIARIO EXTRA que esta resolución de la Sala Constitucional atenta contra los derechos humanos y representa una medida discriminatoria. 

Castillo apuntó que no es entendible que un juez alegue conciencia cuando en algunas ocasiones se encargan de divorciar parejas heterosexuales o casarlos en segundas nupcias, aspecto que en teoría va en contra de la Iglesia Católica. 

El representante de la agrupación lamentó que sigan dándose objeciones para no aceptar una realidad que ya impera en el territorio nacional. 

Yashin Castrillo, abogado encargado de atender temas LGBTI, no descartó acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por esta acción de la Sala Constitucional. 

Castrillo manifestó que el recurso de amparo es interpuesto por un juez abiertamente homofóbico y que no tiene ningún reparo de esconder esa situación. 

Dijo que la redacción del voto es por obra de un juez que comulga con esa posición contraria a los derechos humanos, que es Fernando Castillo, único magistrado que rechazó el matrimonio igualitario y las uniones de hecho. 

Desde la Sala Constitucional argumentaron que están en proceso de notificación de las partes y que una vez que lo finalicen se subirá el voto a la plataforma electrónica para disponibilidad de cualquier usuario.

 

 

EXPERTOS OPINAN

 

Marco Castillo

Organización Interseccional Pro Derechos Humanos

 

“Esta resolución es de la más pura diversofobia. De ninguna manera se trata de objeción de conciencia. ¿Cuándo un juez católico ha dicho que no divorcia o casa a una persona por segunda vez? Esto es simplemente otra cosa, una objeción por gusto. Este es un matrimonio civil, por lo que es totalmente repudiable esa resolución de la Sala Constitucional”.

 

Yashín Castrillo

Abogado

 

“Las argumentaciones que hace el voto de mayoría y en la redacción que hacen Fernando Castillo no son propias de un estado democrático y de derecho como el nuestro. No es admisible que un funcionario público que ejerce un cargo de juez de la República y que prestó el juramento de defender y proteger la Constitución, tenga una reserva de ley para no proteger la igualdad y no discriminación”.

PERIODISTA: Greivin Granados

CRÉDITOS: Fotos: Archivo

EMAIL: [email protected]

Jueves 18 Junio, 2020

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA