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Nacionales

Sala IV avala limitaciones

Rechaza amparo contra medida sanitaria vehicular

La restricción vehicular sanitaria se aplica de 10 p.m. a 5 a.m. entre semana desde el 24 de marzo.

La Sala Constitucional avala en todos sus extremos la restricción vehicular sanitaria y rechazó un recurso de amparo interpuesto contra implementación ordenada por el gobierno como medida para el combate por el coronavirus Covid-19.

La medida del gobierno se aplica de 10 p.m. a 5 a.m. desde el 24 de marzo entre semana y de 8 p.m. a 5 a.m. durante los fines de semana. 

El recurso lo presentó la Asociación Nacional de Fomento Económico (ANFE), quien argumentó que la medida violenta el libre tránsito de personas y podría dar un portillo para el futuro. 

El máximo Tribunal votó rechazar la acción el pasado 31 de marzo por medio de la resolución 2020006601. 

Los magistrados indicaron que la directriz cumple con el artículo 95 de la Ley de Tránsito, donde por razones de interés público, en este caso la emergencia por el Covid-19, la acción puede imponerse. 

Ese artículo indica que el Poder Ejecutivo tendrá la posibilidad de establecer restricciones a la circulación vehicular por “razones de oportunidad, de conveniencia, de interés público, regional o nacional, debidamente fundamentadas, conforme se establezca reglamentariamente”.

PERIODISTA: Greivin Granados

EMAIL: [email protected]

Viernes 03 Abril, 2020

HORA: 12:00 AM

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