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Nacionales

Listo proyecto para multas de ¢107 mil

Por irrespetar restricción y oficiales bajarán placas

Los cambios dependerán de la aprobación por parte de los diputados.

Debido a la cantidad de personas que irrespetan la restricción vehicular nocturna, las multas ya no serían de ¢22.383, sino de ¢107.768, todo depende de la aprobación de los diputados.

Datos brindaros este martes por el Ministerio de Seguridad Pública revelan que se aplicaron 154 multas por incumplimiento a la restricción.

Carlos Alvarado, presidente de la República; Daniel Salas y Rodolfo Méndez, ministros de Salud y Obras Públicas, respectivamente, presentaron este martes el proyecto para hacer cuatro modificaciones a la Ley de Tránsito.

En el texto indican que este tipo de restricciones como la nocturna son una herramienta para evitar la movilización de personas particulares para contener el contagio del Covid-19.

“(…) siendo tal la gravedad de las circunstancias y vistos los resultados de los primeros días de implementación, el monto de las multas no pareciera ser disuasivo para evitar la comisión de dicha conducta”, se lee en el proyecto de ley.

“Esta propuesta está encaminada a crear una categoría adicional de restricción vehicular, orientada a casos únicamente relacionados con emergencias nacionales y a que la categoría de la multa asociada a infringir dicha restricción por emergencia tenga una categoría más alta”, añade.

 

MONTO Y PLACAS

 

En las reformas propuestas se establece la adición del inciso dd al artículo 145 del capítulo III, Sanciones Administrativas, del Título V Prohibiciones y Sanciones.

Ese inciso específicamente dice que: Multa Categoría C, “al conductor que circule un vehículo en las vías durante los días o las horas cuyo tránsito sea restringido por emergencia nacional decretada”.

En este caso la multa pasa de ¢22.383 a ¢107.768.

También proponen la adición del inciso k al artículo 151 de la Sección II, Retiro de Circulación, Inmovilización por retiro de placas de matrícula y devolución de vehículos, del capítulo IV, Registro de Conductores y Propietarios, Sanciones y Multas respectivas, del título V, Prohibiciones y Sanciones.

Este inciso dice: “Cuando el vehículo sea conducido en las vías públicas durante los días, las horas o en áreas o zonas cuyo tránsito ha sido restringido por emergencia nacional decretada”.

“Para este caso, únicamente, aplicará el retiro de placas y el vehículo deberá ser trasladado por el propietario o conductor responsable si así procede, lo anterior siempre y cuando el motivo del retiro de placas no obedezca a alguna otra transgresión de las dispuestas en la ley que implique la inmovilización del vehículo en cuyo caso se procederá a inmovilizarlo”, agrega.

Como parte de las medidas también está la acumulación de 6 puntos en la licencia.

PERIODISTA: Sergio Jiménez

EMAIL: [email protected]

Miércoles 01 Abril, 2020

HORA: 12:00 AM

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