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Opinión

Procesos judiciales que no requieren abogado

Lic. Gerardo Morales / La Ley a su Alcance

CONSULTA: Me llama la atención que exista un artículo en la Constitución Política que dice todos tenemos acceso a la ley con la suposición que debe ser gratuita porque no dice lo contrario.

Los pobres nos vemos limitados a hacer reclamos, iniciar juicio o presentar demandas y debemos contratar abogados. Si nos cuesta comer, pagar alquiler, agua, electricidad, impuestos municipales, pases para los menores de 65 años, en realidad es imposible que viviendo al día, coyol quebrado coyol comido, podamos buscar soluciones legales a nuestros problemas, con un costo que no podemos financiar. Creo que es una injusticia que lo pongan al alcance, pero pagando asesores.

 

RESPUESTA: Es cierto que algunos procesos judiciales requieren abogado para su tramitación. Pero en las materias en que interviene gente sencilla, no es necesario tener abogado y ahí van los ejemplos: asuntos de trabajo, pensiones alimentarias, violencia doméstica, denuncias por delitos, discusiones por fincas en Derecho Agrario y hasta en las expropiaciones. Todos estos asuntos pueden ser tramitados personalmente, con alguna ayuda técnica de los servidores judiciales, pero actuando en persona ante los tribunales. Por ejemplo, en las pensiones alimenticias, el auxiliar judicial le redactará la demanda en forma gratuita, pero el interesado debe llevar las pruebas, como certificados de matrimonio, de nacimiento de los hijos, comprobantes de gastos de todo tipo, hasta de la buseta, y dando la dirección del trabajo o domicilio del demandado, y alguna prueba de lo que gana. 

En materia penal, existe la Oficina de Defensa de la víctima que le ayudará con el trámite y hasta con los montos de indemnización. En Derecho Agrario ni siquiera hay que aportar copias. En las expropiaciones, en que hay a veces mucha plata de por medio, el artículo 52 le permite al interesado que gestione directamente.

Y para cerrar un capítulo que a poca gente le simpatiza, hasta el delincuente puede ser defendido gratuitamente por un defensor público pagado por el Estado.

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Martes 31 Marzo, 2020

HORA: 12:00 AM

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