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Nacionales

Disputa por poder en sindicato de UCR

Directivos quitan a secretaria general

  • Nueve miembros de la directiva del Sindeu firmaron la suspensión de la secretaria general

  • Bercy Silva, secretaria general del Sindeu, asegura actuar con total transparencia, por eso no cedió su puesto

El Sindicato de Trabajadores de la UCR (Sindeu) tiene un conflicto interno para determinar quién tiene el poder y la dirección de la organización sindical. 

La situación ha llegado a tal punto que el jueves anterior la junta directiva decidió suspender por un periodo de seis meses a la actual secretaria general, Bercy Silva.

La acción se confirma por medio de oficio SINDEU-JDC-296-2020, en el cual se lee: “(…) hemos tomado la decisión por mayoría de suspender a la señora Bercy Silva Jiménez de su cargo como secretaria general de este sindicato por un periodo de seis meses, esta actuación está sustentada en los artículos 34, 47 y 49 del Estatuto del Sindeu”.

Además, los 9 miembros de la junta que firmaron el documento mencionaron que en la próxima asamblea general se dará un espacio para que ambas partes expongan sus argumentos.

Lo curioso es que Silva Jiménez solicitó autorización a la rectoría, por medio del oficio SINDEU-JDC-256-2020, para llevar a cabo la asamblea general, cuyo permiso fue otorgado para el 3 de febrero del año en curso. 

Sin embargo, por medio del oficio SINDEU-JDC-272-2020 con fecha del 23 de enero de este año, Trino Barrantes, quien firma como secretario general adjunto, y José Félix Ramírez, como secretario de actas, solicitaron a Henning Jensen, rector de la Universidad de Costa Rica (UCR), dejar sin efecto la convocatoria.

DIARIO EXTRA intentó conversar con Trino Barrantes sobre la situación, pero no contestó las llamadas a su celular.

 

QUIEREN PODER

 

Al respecto, la actual secretaria general del Sindeu dijo a El Periódico del Pueblo que la intención de la junta directiva es sacarla de su cargo para que Trino Barrantes se quede con la dirección de la organización por tener, aparentemente, más experiencia.

“Cuando quedé como secretaria general después de que la junta ya había sacado igual a César Parral, exsecretario general, me solicitaron que cediera mi puesto al señor Barrantes, quien era el secretario de Pensiones. Yo decidí decir que no porque de acuerdo con el Estatuto me correspondía asumir el cargo, pero ellos no querían eso”, apuntó Silva Jiménez.

“La junta me pidió el 11 de diciembre, pero al decir que no, me quitaron las claves de las redes sociales, me prohibieron hacer cartas y si lo hacía era con el visto bueno de algún miembro de la junta”, aseveró la secretaria general del Sindeu.

Otras acciones se empezaron a llevar a cabo en contra de Silva, por ejemplo, enviar una carta a diversas organizaciones informando que la representación del Sindeu ante otras organizaciones no sería propiamente la jerarca actual del sindicato.

En el oficio SINDEU-JDC-229-2019, con fecha 17 de diciembre del año anterior, firmado por el señor Barrantes como secretario general adjunto a.i. y enviado a los despachos de las fracciones en la Asamblea Legislativa, a la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional (Jupema), a los ministerios de la Presidencia, de Hacienda y de Trabajo, pero, además, a organizaciones sindicales y sociales, se designó a Rosmary Gómez, exsecretaria general del Sindeu y quien salió de su puesto por jubilación, como representante de la organización.

 

ACCIÓN ILEGAL

 

DIARIO EXTRA consultó a Guillermo Bonilla, abogado de Silva Jiménez, sobre la legalidad de la suspensión y afirmó que no procede.

“Eso no es legal, las únicas personas que pueden determinar quién es el secretario general del sindicato es la asamblea general, nunca la junta directiva. Resulta que ahora le imponen una suspensión de seis meses cuando la junta es incompetente para eso, sí lo pueden hacer con un afiliado, pero no con un miembro de la junta directiva”, expresó el abogado.

Sumado a ello, el jurista aseguró que a su representada se le están aplicando prácticas laborales desleales para tratar de quitarle el cargo, aspecto presente en el artículo 363 del Código de Trabajo y que es una forma de violentar la libertad sindical de un funcionario, de un sindicalista.

Ante la situación, Bonilla señaló que valoran qué acciones judiciales tomar, en las que destacan una demanda por fuero especial que tiene Silva como sindicalista, un recurso de amparo ante la Sala Constitucional o presentar una medida cautelar ante el Juzgado de Trabajo.

PERIODISTA: Sergio Jiménez

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Lunes 17 Febrero, 2020

HORA: 12:00 AM

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