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Nacionales

INVU quiere dejarse ¢5.000 mills. con visado de planos

Cada año, según Colegio de Ingenieros Topógrafos de Costa Rica

Ólger Aguilar Casares, presidente del CIT, y Marco Antonio Zúñiga Montero, director ejecutivo, conversaron con Iary Gómez, gerente general de Grupo Extra, y con Paola Hernández, directora de DIARIO EX

El Colegio de Ingenieros Topógrafos de Cosa Rica (CIT) visitó DIARIO EXTRA para exponer su preocupación ante el nuevo Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones que publicó el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) el 13 de noviembre del 2019.

Ólger Aguilar Casares, presidente del CIT, y Marco Antonio Zúñiga Montero, director ejecutivo, explicaron que con ese documento se está viendo afectada la segregación de terrenos y que, ahora, por cada plano de lotes a fraccionar, se tendría que presentar al INVU y pagar ¢77.510.

Con este cobro, que en el CIT catalogan como excesivo por cada plano, el INVU se estaría dejando en sus arcas cerca de ¢5.000 millones cada año, según Aguilar y Zúñiga.

Además de ello, se ve afectada la autonomía municipal, tomando en consideración que aquellos terrenos que no serán para proyectos urbanísticos, primero pasarán al INVU, donde deben pagar el monto mencionado y luego tendrán que pasar a al ayuntamiento para obtener los vistos buenos respectivos. 

A continuación extracto de la entrevista con los profesionales en topografía.

¿Cuál es el problema que visualizan con el reglamento?

-Con este nuevo reglamento el INVU hace una distinción de un fraccionamiento simple y urbanístico que estaría remitiendo al INVU una cantidad de visados (de planos) exorbitantes, entre 350 planos diarios y están cobrando ¢77.510 por cada plano. Nosotros calculamos que el INVU estaría recaudando más de ¢5.000 millones.

¿Cuándo inició el problema?

-El INVU empezó a trabajar el reglamento en el 2015, cuando sacó a consulta pública una propuesta. Nosotros la estudiamos y nos dimos cuenta que podría afectar los derechos subjetivos de los ciudadanos y la autonomía municipal, entonces, se lo enviamos a todas las municipalidades para que lo analizaran y por eso el instituto decidió retirarlo. En el año 2017 hicieron otra versión, pero lo volvieron a retirar y en el 2018 lo vuelven a sacar.

¿En la última publicación se solucionaron las inquietudes del CIT?

-Venía con algunas modificaciones, sin embargo, no vienen a solventar las dudas que teníamos nosotros en aspectos de legalidad y un elemento muy importante tenía que ver con nuevas definiciones y remitían al INVU la cantidad enorme de planos con ese costo elevadísimo.

¿Fue un proceso transparente o el documento se trabajó en secreto?

-Todo se manejó de callado, cuando nos dimos cuenta estaba publicado, desde el 2018 nosotros presentamos una matriz específica con recomendaciones, pero el INVU no la tomó en cuenta. Sí aceptamos que el reglamento se puso en consulta pública, pero en el INVU dijeron que el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) está de acuerdo con el documento, al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) le afirmaron que ya se habían reunido con las municipalidades. Nosotros preguntamos a la Federación de Municipalidades de Cartago si se les comentó el tema y no sabían nada, involucraron a la Escuela de Topografía de la Universidad Nacional (UNA), pero cuando les consultamos nos dijeron que no sabían nada. Ellos creen que con socializar o comentar a una municipalidad ya es como si estuvieran de acuerdo y les dieron el visto bueno.

Específicamente, ¿qué llega a hacer un reglamento de fraccionamiento y urbanizaciones? 

-Busca el ordenamiento territorial, que se dé un adecuado manejo de la planificación urbana. La ley de planificación urbana establece que todos los gobiernos municipales tienen la obligación de contar con un plan regulador y, cuando este existe, se fijan las reglas de cómo se debe manejar la planificación y ordenamiento territorial, pero si no hay, tienen que regirse por lo que establece ahora este reglamento del INVU. 

¿Todas las municipalidades tienen plan regulador?

-No, solamente hay 40 planes reguladores, de los cuales, 21 son completos y parciales el resto; además, el 80% están desactualizados. Ante ese panorama, nosotros les hemos dicho a las autoridades de gobierno que deberían propiciar que por fuerza los ayuntamientos lo tengan actualizado.

¿Por qué el  INVU tiene potestad para otorgar el visado de planos cuando no hay planes reguladores?

-La ley dice que si no existe plan regulador, las municipalidades deben aplicar el reglamento de fraccionamiento y urbanizaciones. Esto es porque el INVU tiene la competencia para dictaminar estos reglamentos y ser asesor técnico de las municipalidades.

Entonces, ¿el reglamento del INVU se elaboró con criterios de planes reguladores?

-No, el reglamento del INVU establece áreas generales como frentes, si se deben ceder o no algunas áreas, es a nivel general. No evalúa zonas de riesgo, no hay zonificación que el plan regulador sí lo tiene, por eso el sueño es que todos tengan un plan regulador.

Con este nuevo reglamento ¿ahora las personas solo deben ir al INVU por el visado de planos?

-Ese es un problema, con el nuevo reglamento igual se debe ir primero al INVU y pagar ¢77.510 por cada plano, luego a la municipalidad, que es gratis teniendo en cuenta que ellos deben hacer la inspección, contratar topógrafos y tener todo el equipo especializado. El agravante con esto es que el INVU puede dar el visto bueno para la segregación de terrenos, pero podría ser que las municipalidades no otorguen el permiso por condiciones de desfogues de agua o que estén en zona de contingencia, o que la municipalidad tenga un proyecto, que no haya servicios públicos, entre otros, todo esto.

¿Está limitando el INVU la división de terrenos en lotes? 

-El INVU está cambiando el concepto que actualmente está en el reglamento, el cual especifica cuando es simple y con fines urbanísticos, le dan vuelta al concepto con fines urbanísticos para que prácticamente todos los planos deban ir a donde ellos. El nuevo reglamento dice que todo fraccionamiento frente a calle pública fuera de cuadrante urbano es con fines urbanísticos, pero en este último caso, siempre se hace todo un diseño de proyecto, es porque hay dinero para hacerlo.

Sin duda el problema es la división de los terrenos…

-Sí, un fraccionamiento urbanístico debía tener apertura de vías y dotación de servicios, estos planos sí deben ir al INVU, pero los fraccionamientos frente a calle pública no y ahora el reglamento lo está obligando.

¿También hay problema con la conocida “servidumbre de paso”?

-En el país se usa la figura de acceso residencial excepcional o la servidumbre de paso (vías de acceso o paso) que se aplica generalmente para gente de escasos recursos, per, el lote debe tener ciertas características como poco frente de calle, que sea una topografía irregular, que sean máximo seis lotes frente a servidumbre. El problema acá es que la limitan solo a centros urbanos y dejaban por fuera a las personas de campo. Al menos ya accedieron a permitir la segregación de seis lotes frente a calle pública que no deben ir al INVU, pero piden un 10% del área para juegos infantiles para los niños, con eso estamos de acuerdo. 

¿Cuándo se juntan lotes de dueños distintos cómo se aplica la servidumbre?

-En este tema hay más limitaciones sin fundamento jurídico porque establecen que no se pueden hacer servidumbres paralelas y contiguas, aunque sean de diferentes propietarios, eso es contra el derecho de la propiedad, antes sí se podía hacer, ya no.

¿Qué pasa entonces con un lote cuando otro ya tiene la servidumbre?

-El que no tiene ya no la puede hacer y se genera una limitación por algo que hizo un tercero. Eso no lo permite la ley y el propietario sin servidumbre no puede pasar por la existente porque es de una finca ajena.

¿Esta es una decisión antojadiza del INVU o hay alguna justificación?

-Se han dado muchos abusos, hay quienes utilizan la figura de la servidumbre agrícola para hacer desarrollos de quintas, entonces, hay gente que mete servidumbre de 7 metros de ancho y sacan hasta 40 parcelas agrícolas para quintas. Aquí se brincan la cesión de área pública y los planos constructivos de cesión comunal y hacen dos servidumbres con una entrada de 14 metros, pero, además, no les interesa que haya declaratoria de área pública, en este aspecto también estamos de acuerdo que se regule.

¿Tomará el CIT alguna medida en caso de no ser incorporadas sus recomendaciones en el reglamento?

-Muchas veces le hemos dicho al INVU que no judicialicemos el tema porque podemos resolver la situación en una mesa de diálogo, sin embargo, de no lograrlo, la Junta Directiva del CIT el año pasado tomó el acuerdo de recurrir esto en las instancias judiciales necesarias si se mantenían en esa posición, pero más que eso, pusimos en conocimiento a todas las municipalidades, ya nos reunimos con 16 y también con diputados para que nos ayuden.

Ustedes han estado con perfil bajo, ¿por qué resaltar ahora?

-Nosotros acudimos a audiencias en Concejos Municipales para aclarar las dudas que tengan, somos muy abiertos, aunque por muchos años estuvimos invisibilizados, pero ya no, queremos contribuir, la experticia que tenemos es muy grande, a las municipalidades pequeñas les ayudamos con asesorías gratuitas, asesoramos a la sociedad, a cualquier persona que nos llame y los guiamos para que encuentren una solución.

 

EXTRADIRECTO

 

• Colegio de Ingenieros Topógrafos: Quiere proyectarse y colaborar con los costarricenses.

• Planes Reguladores: Garantizan el ordenamiento territorial del país.

• Reglamento de fraccionamiento y urbanismo: Una necesidad, respetando el ordenamiento jurídico.

• INVU: Institución que debe reinventarse.

• Cobro de visados: Un abuso.

• Usuarios: Afectados.

PERIODISTA: Sergio Jiménez

CRÉDITOS: Fotos: Jesús Ramírez

EMAIL: [email protected]

Lunes 03 Febrero, 2020

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