Los patronos deberán permitir a los empleados que laboren el 2 de febrero asistir a las urnas para ejercer su derecho al voto con motivo de las elecciones municipales.
La disposición se contempla en el artículo 69 inciso i del Código de Trabajo, así como también en el artículo 292 del Código Electoral y en donde se establecen las sanciones correspondientes para quien incumpla.
El TSE recordó que los patronos no podrán aplicar las rebajas salariales a los trabajadores que se ausenten para colaborar como miembros de mesa.
Las elecciones municipales se desarrollarán este 2 de febrero y servirán para elegir al gobierno local durante los próximos cuatro años.
PERIODISTA: Greivin Granados
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Martes 14 Enero, 2020
HORA: 04:49 PM